Andalucía
Tribunales

Condenado a 28 años el asesino de Albolote que dijo ver al «demonio» y oír «voces a través de pirámides»

El TSJA ratifica la sentencia de la Audiencia de Granada tras la repetición del juicio

El hombre mató a una joven de 29 años con extrema "crueldad"

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena a 28 años y cuatro meses de prisión que la Audiencia Provincial de Granada, tras un juicio con jurado popular, impuso a Juan Francisco T. M. por asesinar a una joven en el Polígono Juncaril de Albolote.

Ana Elena, de 29 años, fue atacada a golpes y puñaladas en una empresa del citado polígono el 5 de febrero de 2021. Trabajaba para el padre del asesino. «Perdí la noción del espacio y del tiempo, me dieron ataques de pánico y de ansiedad incontrolables», alegó el hombre en el juicio, recalcando que veía al «demonio» en alucinaciones y escuchaba «voces a través de pirámides» que le hacían creer que «todo el mundo le quería matar». No obstante, el jurado popular descartó que sufriera un brote psicótico en el momento del crimen y lo declaró culpable.

El hombre, de 34 años, mató a la joven con gran «crueldad», causándole un «gratuito e innecesario sufrimiento» a fin de aumentar su agonía, por lo que apreciaron alevosía y ensañamiento tanto la Fiscalía como la acusación. El asesinato fue grabado por una cámara de seguridad de la empresa y las imágenes fueron visionadas en la Sala por los miembros del jurado, mostrándose algunos de ellos visiblemente afectados por la dureza de las mismas.

Repetición del juicio

El juicio, celebrado en julio pasado, era la repetición de uno anterior. El TSJA anuló el veredicto del jurado popular que le condenó a 27 años de prisión al entender que la ausencia de alteración mental no quedó suficientemente justificada.

Ahora, el TSJA rechaza en su sentencia los argumentos a los que alude la defensa del condenado, «que insiste en la concurrencia de una eximente consistente en haber cometido los hechos en un momento en que padecía un brote psicótico derivado de una esquizofrenia paranoide que no había sido hasta entonces diagnosticada», e impugna, entre otros motivos, por una supuesta vulneración del principio de presunción de inocencia. Contra el fallo cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

La sentencia subraya «la intensidad del horror que experimentó la víctima» y la «perversidad» con la que se cometió el ataque. La joven falleció en el hospital luego de ser intervenida por las graves heridas sufridas en el pecho. Dos de las puñaladas afectaron órganos vitales.

El suceso tuvo lugar en torno a las 10:40 horas de un viernes. El asesino huyó, pero los agentes de la Guardia Civil le dieron alcance en una urbanización de la localidad. El hombre ingresó poco después en el centro penitenciario de Albolote, cárcel en la que trabajan precisamente los padres de la víctima, él como jefe de Servicios y ella como psicóloga.

El acusado reconoció el crimen durante el juicio, pero afirmó que no recordaba «nada» del asesinato, sólo «un forcejeo» con la víctima. La Fiscalía, que inicialmente pedía su internamiento psiquiátrico, modificó sus conclusiones en la última sesión y solicitó que fuera condenado a 29 años y nueve meses de prisión, alineándose así con las acusaciones y rechazando la hipótesis de las alteraciones mentales.

En este segundo juicio, el acusado declaró que la mañana de los hechos salió de su vivienda con un cuchillo porque pensaba «que se le iba a aparecer el demonio» y «las pirámides le perseguían». Acabó en la empresa de su padre, donde trabajaba la víctima, con la que negó tener cualquier tipo de enemistad que motivara el asesinato. «Tenía mucha confusión mental, perdí la noción del tiempo y del espacio», insistió.

Los agentes recuperaron el arma homicida, un cuchillo, en el interior de una piscina de lodo que hay en la zona exterior de la empresa. Antes de irse, echó la persiana del negocio y se llevó las llaves y el teléfono móvil de la víctima. La Guardia Civil localizó al sospechoso horas después en las inmediaciones de su domicilio, en Albolote.

El TSJA reafirma así la condena de la Audiencia, esto es, la pena de 25 años de prisión como autor de un delito de asesinato, otros tres años por un delito de robo con violencia y cuatro meses más por un delito de resistencia a la autoridad, además del pago de diversas indemnizaciones a los familiares de la víctima y una prohibición de comunicación y acercamiento con respecto a ellos.