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Declaración de la Renta

Este es el motivo de peso por el que todavía no has cobrado la declaración de la Renta

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La fecha límite para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2022 es el próximo 30 de junio. Al igual que en años anteriores, los contribuyentes que reúnan las condiciones establecidas por la Agencia Tributaria, deben hacer la declaración, cuyo resultado puede ser «a pagar» o «a devolver». Si te sale a «devolver», debes conocer cuáles son los plazos que tiene Hacienda para devolverte el dinero. En concreto, tiene un plazo de seis meses, así que, antes de 2024, deberías tener el dinero en tu cuenta corriente.

«La Agencia Tributaria dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución que has solicitado».

¿Por qué no has cobrado la declaración de la Renta?

Aunque la Agencia Tributaria todavía está dentro del plazo para realizar el ingreso, si hiciste la declaración de la Renta cuando comenzó la campaña a mediados del mes de abril, te salió «a devolver» y todavía no has recibido el dinero, puede que haya un motivo detrás.

Lo más probable es que tengas una deuda pendiente con Hacienda, de manera que el organismo retiene el dinero como «fianza».

Para saber si efectivamente tienes una deuda, puedes comprobarlo en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Para acceder, debes tener DNI electrónico, certificado electrónico o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve.  Una vez dentro, pincha en la sección «Ayuda» y «Consulta de Deudas».

Si no tienes ninguna deuda y pasan los seis meses sin que la Agencia Tributaria te haya devuelto el dinero por algún motivo que no sea imputable a ti como contribuyente, tendrá que pagar unos intereses de demora por el retraso en la devolución, que este 2023 son del 4,0625% del total de la cuantía.

Sin embargo, cabe señalar que Hacienda no se considera responsable de la demora en los siguientes casos: la devolución no se ha cumplimentado como es debido, no existe una cuenta bancaria a la que hacer la transferencia o no contiene la documentación exigida. En estos supuestos, la Agencia Tributaria no pagará los intereses de demora.

Y, por último, cabe señalar que los contribuyentes que no presenten la declaración de la Renta del ejercicio 2022 antes del 30 de junio recibirán duras sanciones. En función de la situación y la demora, la cuantía oscila entre el 5% y el 20%.