Te puede caer la multa de tu vida por esta tontería que hacemos todos al volante
Cambio drástico de la DGT: nada volverá a ser igual a partir de ahora
Puedes quedarte sin casa: la DGT y la Agencia Tributaria se alían si no pagas esto ya
La pegatina más desconocida de la DGT: comprueba si tu coche debe llevarla
A la hora de ponernos al volante, es fundamental que conozcamos cuáles son las normas de tráfico, tanto por nuestra seguridad y la del resto de usuarios de la vía como para evitar una multa de la Dirección General de Tráfico (DGT). Todos los conductores sabemos cuáles son las normas más básicas, como por ejemplo llevar el cinturón de seguridad puesto o cumplir con los límites de velocidad.
Sin embargo, hay otras que pasan mucho más desapercibidas, entre ellas varios hábitos que están muy arraigados, como conducir con abrigo en invierno o con chanclas en verano. La DGT también nos puede multar por comer y beber al volante o por llevar el brazo apoyado en la ventanilla, por ejemplo.
¡Cuidado con el ambientador del coche?
¿Y qué hay de llevar algún objeto colgado del retrovisor? Ambientadores, cintas, llaveros, peluches… Todas estas cosas se han convertido en un adorno más en el coche, pero hay que tener especial cuidado con ellas porque nos pueden costar una multa de 200 euros sin retirada de puntos en el carnet de conducir.
Cabe señalar que el espejo retrovisor interior es uno de los elementos más importante de cualquier vehículo, ya que su finalidad es permitir la visibilidad hacia atrás. El problema al colgar alguna de estas cosas en el espejo retrovisor es que el campo de visión del conductor debe estar completamente despejado hacia delante.
El artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación establece lo siguiente: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».
No hay ninguna norma específica que prohíba colgar objetos del retrovisor. Sin embargo, si nos para un agente de tráfico y considera que el peluche o el ambientador obstaculiza la visibilidad, puede multarnos con 200 euros sin pérdida de puntos. No queda especificado el tamaño exacto a partir del cual se considera que un objeto colgado en el retrovisor obstaculiza la visibilidad, así que, por si acaso, lo mejor es no llevar nada.
Temas:
- DGT
Lo último en Sociedad
-
Giro en el calendario laboral: el BOE confirma el festivo del 3 de diciembre de 2026 y habrá puente en estas comunidades
-
El tiempo está loco y la AEMET lo ha confirmado: temperaturas de 33 grados a partir del martes en estas provincias de España
-
Mario Picazo y los meteorólogos expertos coinciden: en el puente de Todos los Santos se esperan lluvias ligeras y temperaturas altas en estas provincias
-
Jorge Rey, el «niño meteorólogo», advierte de lo que está por llegar: una DANA, tormentas y nevadas en las zonas de mayor altitud
-
El drama de Teresa, jubilada en Barcelona, que paga 1.300 euros de alquiler con una pensión de 840: «No me llega ni para empezar»
Últimas noticias
-
Predicción del horóscopo para Libra hoy, martes 27 de octubre de 2026
-
La recordada charla de Mourinho a Harry Kane que desembocó en un Balón de Oro cinco años después
-
Los notarios expertos en herencias lo confirman: «La donación de dinero de padres a hijos es neutra en el IRPF»
-
Giro en el calendario laboral: el BOE confirma el festivo del 3 de diciembre de 2026 y habrá puente en estas comunidades
-
No estropees tu congelador con un cuchillo ni con agua hirviendo: un truco con papel de aluminio es suficiente para eliminar rápidamente el hielo grueso