La Seguridad Social avisa: atención si intentas cobrar esto
El grupo de jubilados que no recibirá la ayuda de 500 euros
Si eres pensionista esto te interesa: este año puedes recibir un extra de 12.000 euros en la jubilación
El motivo por el que debes saber cuál es tu base reguladora para cobrar la pensión de tu jubilación
En las últimas semanas, la Seguridad Social ha lanzado una serie de avisos a los pensionistas, como la obligatoriedad de presentar una serie de documentos antes de que finalice el mes de marzo para que no les quiten la pensión. Claro que no todas las advertencias son negativas, y en este caso hace referencia al cobro de una cantidad extraordinaria correspondiente al complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.
Complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género
Este complemento sustituye al complemento por maternidad por aportación demográfica y su propósito es reparar el perjuicio que hombres y mujeres han sufrido durante su carrera profesional por ocuparse de la crianza de sus hijos. Cabe señalar que no hay que solicitarlo, sino que la propia Seguridad Social añade de manera automática la cuantía cuando asigna la pensión al beneficiario.
La cuantía del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género se establece en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Este 2023, el importe asciende a 30,40 euros mensuales por cada hijo, con el límite de cuatro veces dicho importe. Por lo tanto, la aportación es la siguiente:
- 1 hijo: 425,60 euros al año.
- 2 hijos: 848,4 euros al año.
- 3 hijos: 1.276,8 euros al año.
- 4 hijos o más: 1.702,4 euros al año.
Esta aportación la pueden recibir todas aquellas personas que cobren una pensión de incapacidad permanente, jubilación y viudedad. Tal y como explica la Seguridad Social, «se abona mensualmente con las dos pagas extraordinarias que se devengan con las mensualidades de junio y noviembre».
Requisitos
Es importante señalar que únicamente uno de los dos progenitores puede recibir el complemento, preferentemente aquel cuya pensión sea más baja.
Es imprescindible que el beneficiario, hombre o mujer, esté inscrito en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social. Además, es necesario que los hijos estén inscritos en el Registro Civil.
En el caso de los hombres, hay una serie de requisitos adicionales. Si los hijos nacieron antes del 31 de diciembre de 1994, tienen que presentar un certificado de lagunas de cotización de al menos cuatro meses entre los nueve meses anteriores al nacimiento o la adopción y los tres año siguientes.
En caso de que los hijos nacieran después del 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción no puede superar en más del 15% la suma de las de los dos años anteriores.
Temas:
- Seguridad Social
Lo último en Sociedad
-
Makoke revela por primera vez la verdad de su boda cancelada con Gonzalo: «Mal»
-
Jorge Rey avanza lo que llega en septiembre y da miedo: «Tormentas y alguna DANA»
-
La AEMET activa todas las alertas y avisa: estas zonas no están preparadas para las lluvias que llegan
-
Jorge Rey confirma que no estamos preparados para lo que llega después de la DANA: a partir de…
-
Elsa Pataky confirma por primera vez lo que todos se preguntan de su vida en Australia: «Yo ya no puedo»
Últimas noticias
-
Georgia baila a España en el debut del Eurobasket
-
Georgia – España en directo hoy: última hora en vivo del partido de la selección de Eurobasket 2025 hoy online gratis
-
De la Fuente arranca la ‘Operación Mundial’
-
Soy fontanero y ésta es la razón por la que tu ducha hace ruidos extraños
-
Avance del capítulo de ‘Sueños de libertad’ de hoy: Digna tiene un tenso cara a cara con don Pedro