La Seguridad Social avisa: atención si intentas cobrar esto
El grupo de jubilados que no recibirá la ayuda de 500 euros
Si eres pensionista esto te interesa: este año puedes recibir un extra de 12.000 euros en la jubilación
El motivo por el que debes saber cuál es tu base reguladora para cobrar la pensión de tu jubilación
En las últimas semanas, la Seguridad Social ha lanzado una serie de avisos a los pensionistas, como la obligatoriedad de presentar una serie de documentos antes de que finalice el mes de marzo para que no les quiten la pensión. Claro que no todas las advertencias son negativas, y en este caso hace referencia al cobro de una cantidad extraordinaria correspondiente al complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.
Complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género
Este complemento sustituye al complemento por maternidad por aportación demográfica y su propósito es reparar el perjuicio que hombres y mujeres han sufrido durante su carrera profesional por ocuparse de la crianza de sus hijos. Cabe señalar que no hay que solicitarlo, sino que la propia Seguridad Social añade de manera automática la cuantía cuando asigna la pensión al beneficiario.
La cuantía del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género se establece en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Este 2023, el importe asciende a 30,40 euros mensuales por cada hijo, con el límite de cuatro veces dicho importe. Por lo tanto, la aportación es la siguiente:
- 1 hijo: 425,60 euros al año.
- 2 hijos: 848,4 euros al año.
- 3 hijos: 1.276,8 euros al año.
- 4 hijos o más: 1.702,4 euros al año.
Esta aportación la pueden recibir todas aquellas personas que cobren una pensión de incapacidad permanente, jubilación y viudedad. Tal y como explica la Seguridad Social, «se abona mensualmente con las dos pagas extraordinarias que se devengan con las mensualidades de junio y noviembre».
Requisitos
Es importante señalar que únicamente uno de los dos progenitores puede recibir el complemento, preferentemente aquel cuya pensión sea más baja.
Es imprescindible que el beneficiario, hombre o mujer, esté inscrito en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social. Además, es necesario que los hijos estén inscritos en el Registro Civil.
En el caso de los hombres, hay una serie de requisitos adicionales. Si los hijos nacieron antes del 31 de diciembre de 1994, tienen que presentar un certificado de lagunas de cotización de al menos cuatro meses entre los nueve meses anteriores al nacimiento o la adopción y los tres año siguientes.
En caso de que los hijos nacieran después del 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción no puede superar en más del 15% la suma de las de los dos años anteriores.
Temas:
- Seguridad Social
Lo último en Sociedad
-
Vuelve el invierno y Mario Picazo manda un aviso que pone a España en vilo: «Tocan fondo»
-
Llega un temporal a España y la AEMET activa la alerta amarilla: lluvia, viento y nieve durante 48 horas
-
Llega el frío a Cataluña y METEOCAT lo ha confirmado: la borrasca polar que va a arruinar el fin de semana
-
Falta poco y no estamos preparados: Jorge Rey pone fecha a las tormentas más fuertes que llegan este verano
-
El Gobierno lo ha confirmado y es oficial: comienza en España el Servicio Militar para los nacidos en el año 2008
Últimas noticias
-
EEUU y Nigeria anuncian la muerte de Abú Bilal al Mainuki, «número dos a nivel mundial» de Estado Islámico
-
El Celtic gana la liga escocesa tras un final de infarto: se rompe el sueño del Hearts
-
Clint Eastwood y la reflexión vital: «La autoestima conduce a la autodisciplina. Cuando los dos están firmemente en su haber, eso es poder real»
-
Calentar la comida en el microondas: ¿se deja la tapa puesta en el recipiente o no?
-
Hervir cáscara de mandarina y naranja con canela: por qué se recomienda y para qué se utiliza