La multa disparatada que te puede caer si dejas la bolsa de la compra en este sitio dentro del coche
La DGT te multará inminentemente si no llevas estas tres cosas en el coche
Multas de 100 euros aunque tu coche esté perfecto: la DGT no tiene piedad
La DGT tiene un anuncio muy importante para este grupo de la población
Hay algunas infracciones de tráfico que todos los conductores tienen claras, como por ejemplo por circular por encima de la velocidad máxima permitida o por utilizar el teléfono móvil al volante. Sin embargo, hay otras que pasan más desapercibidas y que también pueden suponer una multa de la Dirección General de Tráfico (DGT). ¿Te has planteado lo que puede ocurrir por no llevar la bolsa de la compra en el maletero?
Seguro que alguna vez que vas con prisa colocas la bolsa de la compra en el asiento trasero o en el asiento del copiloto del coche al salir del supermercado. Parece una acción cotidiana completamente inofensiva, pero en realidad no está permitida, ya que puede poner en peligro tu seguridad, y la del resto de usuarios de la vía. La razón es que la bolsa de la compra, al no quedar bien sujeta, se puede acabar desplazando si das un frenazo inesperado. La sanción asciende a 200 euros.
El artículo 14 del Reglamento General de Circulación es muy claro al respecto: «La carga transportada en un vehículo, así como los accesorio que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan: arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa; comprometer la estabilidad del vehículo; producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas; ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores».
Dejar la bolsa de la compra al lado del coche
¡Ojo! Porque la DGT no solo sanciona no llevar la bolsa de la compra en el maletero, sino también dejarla junto a la plaza de aparcamiento. Se considera una falta leve que conlleva una multa de 80 euros.
El artículo 12 del Reglamento General de Circulación especifica lo siguiente: «Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquella o sus instalaciones, o producir en la misma o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar».
La Ley de Tráfico y Seguridad Vial señala que dejar la bolsa de la compra en el suelo del aparcamiento puede ser un impedimento para que otros conductores aparquen. A pesar de que es algo que muchas personas hacen, entorpecer o bloquear un sitio está prohibido.
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