Jamás lo hubieras imaginado: la multa más absurda que te pueden poner
Histórica multa de la DGT con esto que hacemos todos: ándate con mucho ojo
Si eres peatón y haces esto, la DGT puede multarte con 1.000 euros
La DGT te multará inminentemente si no llevas estas tres cosas en el coche
Hay multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) que son de sobra conocidas por todos los conductores, como por ejemplo por circular superando la velocidad máxima permitida en la vía o por hablar por teléfono al volante. Sin embargo, hay otras que pasan muchísimo más desapercibidas pero que también suponen una sanción económica, e incluso la detracción de puntos del permiso.
Es más, hay algunas multas que pueden incluso considerarse absurdas. Una de las que más llaman la atención es la sanción por salpicar a los peatones en un día de lluvia. Los conductores deben tener especial cuidado con los charcos para no salpicarles, ya que hacerlo se considera una infracción leve, y como tal conlleva una multa de 80 euros.
Cabe señalar que el Código de Circulación no incluye una norma específica que prohíba a los conductores salpicar a los peatones, así que queda a criterio de los agentes. Estos tienen dos artículos en los que pueden basarse para multar al conductor.
El artículo 2 del Reglamento General de Circulación establece que «los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación, ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes».
Mientras, el artículo 3 detalla que los conductores deben «conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía».
Multa por conducir con chanclas
Este no es el único comportamiento al volante que queda a interpretación de los agentes. No hay ningún artículo específico en el Reglamento General de Circulación que prohíba específicamente conducir con chanclas, pero los agentes pueden multar al conductor si consideran que este calzado afecta a su libertad de movimientos.
El artículo 18.1 especifica: «El conductor del vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados».
No está específicamente prohibido conducir con chanclas, pero puedes ser sancionado por no ser capaz de mantener la libertad de movimientos para controlar bien los pedales
Si le das a RT muchos #picofollowers se enterarán 😂 #NoEsPorLaMulta🏖 #ViajeSeguro#Vacaciones2020 🌅 pic.twitter.com/0NpjYtOzTt
— Guardia Civil (@guardiacivil) July 5, 2020
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