El Gobierno limita la gestión privada de la sanidad pública y aprueba un nuevo copago farmacéutico
La iniciativa, además, supone la derogación de la ley 15/97 y abre la puerta a una recentralización de la gestión sanitaria

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El Gobierno de Mónica García ha dado un paso más en su ofensiva ideológica contra la colaboración público-privada en la sanidad con la aprobación de una ley que, bajo el discurso de «blindar» el sistema público, en la práctica restringe de forma drástica la participación de la sanidad privada y ataca el modelo Ayuso. El nuevo marco legal convierte la gestión indirecta en una opción prácticamente excepcional, sometida a exigencias y controles que la sitúan en clara desventaja, incluso cuando pueda demostrar eficiencia o sostenibilidad.
La iniciativa, además, supone la derogación de la ley 15/97 y abre la puerta a una recentralización de la gestión sanitaria que el propio Ejecutivo justifica en supuestas mejoras de equidad y transparencia. Sin embargo, se advierte de que este movimiento puede suponer un retroceso en la capacidad de elección, en la agilidad del sistema y en la colaboración con operadores que han sido clave en la reducción de listas de espera y en la ampliación de servicios.
Por otra parte, el nuevo copago farmacéutico aprobado por el Consejo de Ministros supone un giro en la política de acceso a los medicamentos, al introducir un sistema que, según el Gobierno, busca «ajustar la contribución de los usuarios» y reforzar la sostenibilidad del sistema sanitario.
La medida reabre el debate sobre la equidad en el acceso a los tratamientos, ya que sus críticos advierten de que puede incrementar la carga económica sobre determinados pacientes, especialmente los crónicos o con menor renta, introduciendo un elemento de desigualdad en un ámbito considerado hasta ahora como uno de los pilares del sistema público universal.
Los tramos
De este modo, para personas activas y sus beneficiarios, se pasa de tres a seis tramos de renta para personas activas y sus beneficiarios; para rentas anuales por debajo de 35.000 euros se introducen topes máximos mensuales. Así, por debajo de 9.000 euros se mantiene un 40% de copago con un límite de 8,23 euros al mes; entre 9.000 y 17.999 euros se aplica también un 40% con un tope de 18,52 euros; entre 18.000 y 34.999 euros el porcentaje sube al 45%, con un límite mensual de 61,75 euros; mientras que a partir de 35.000 euros se mantienen los porcentajes del 45%, 50% y 60% para los tramos de 35.000-59.999, 60.000-99.999 y más de 100.000 euros, respectivamente, aunque sin tope mensual en estos tres últimos grupos.
Antes, quienes tenían rentas inferiores a 18.000 euros pagaban el 40% del precio del medicamento, los situados entre 18.000 y 99.999 euros abonaban el 50% y los de 100.000 euros o más asumían el 60%, sin ningún tope mensual que limitara el gasto en caso de tratamientos prolongados o polimedicación.
En cuanto a los pensionistas, se han revisado también los tramos, de modo que los pensionistas con rentas inferiores a 18.000 euros siguen pagando el 10% con un límite de 8,23 euros al mes; se crea un nuevo tramo de 18.000 a 59.999 euros en el que también se mantiene el 10%, pero el tope mensual baja a 13,37 euros; entre 60.000 y 99.999 euros se aplica igualmente un 10% con un límite de 18,52 euros; y para rentas superiores a 100.000 euros se fija un 60% de copago con un techo de 61,75 euros mensuales. Además, se aprueba la exención automática para complementos por mínimos para que no afecte la revalorización de sus pensiones.
Antes de la reforma, los pensionistas y sus beneficiarios pagaban con una estructura más simple: en general, abonaban el 10% del precio del medicamento con tres tramos de límite mensual según renta, de modo que quienes tenían ingresos inferiores a 18.000 euros al año no pagaban más de 8,23 euros al mes, los que estaban entre 18.000 y 100.000 euros tenían un tope de 18,52 euros y los que superaban los 100.000 euros asumían el 60% del precio del fármaco con un límite mensual de 61,75 euros, manteniéndose además determinadas exenciones para pensionistas con menos recursos.
Informes obligatorios
Bajo el argumento de reforzar lo público, el Gobierno introduce nuevos filtros, informes obligatorios y mecanismos de control que, según esta visión, no sólo limitan la iniciativa privada, sino que también incrementan la burocracia y la rigidez del sistema sanitario en lugar de orientarlo a resultados reales para los pacientes.
Tras superar su segunda vuelta por el Consejo, el proyecto de ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud iniciará ahora su andadura parlamentaria para blindar la sanidad pública y asegurar el carácter universal, equitativo y de calidad del sistema sanitario.
«El objetivo es blindar la sanidad pública exigiendo evaluaciones estrictas para cualquier colaboración privada garantizando la calidad y la equidad en todos los centros del sistema nacional de salud», ha enfatizado en rueda de prensa la portavoz de Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.
De esta forma, la gestión indirecta de los servicios sanitarios tendrá un carácter estrictamente excepcional: para recurrir a ella, las administraciones deberán motivar objetivamente que no es posible la prestación directa y acreditar que la fórmula elegida es sostenible y eficiente.
Oficina Nacional de Evaluación
Para ello, se establecen varios mecanismos de control, el primero, la exigencia de una evaluación previa; en este sentido, se crearán órganos con expertos, profesionales sanitarios y representantes de la sociedad civil.
Dichos órganos elaborarán un informe sobre si la gestión indirecta cumple con lo previsto en la ley, algo que la administración deberá tener en cuenta antes de tomar una decisión. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordará las directrices para garantizar criterios homogéneos en la elaboración de estos informes.
Según ha venido argumentando Sanidad, esta proliferación de modelos privados ha derivado en fragmentación, déficits de transparencia y menor capacidad de control institucional, unos modelos que, además, obtienen peores resultados en hospitalizaciones evitables y mortalidad por infarto o ictus en comparación con hospitales públicos similares.
El proyecto establece también que sea obligatorio hacer un informe de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) en contratos de concesión para asegurar la sostenibilidad financiera y evitar que estimaciones irreales perjudiquen la prestación sanitaria.
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- Mónica García