La DGT lo cambia todo para Semana Santa: las nuevas normas por las que te podrían multar
Aunque hace más de un año que entraron en vigor, las últimas modificaciones de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial han incorporado medidas que parecen no haber calado del todo entre los conductores y por las que la Dirección General de Tráfico (DGT) te podría multar en Semana Santa. Por eso, como parte de los preparativos de la próxima escapada, Alquiber te ayuda a repasar a sus puntos más relevantes, aquellas normas que debes observar obligatoriamente para evitar disgustos en carretera, además de dolorosas multas.
En cuanto a seguridad y conducción, esta última reforma ha incorporado cambios en las normas que afectan a los adelantamientos: desde marzo de 2022, los conductores de turismos y motocicletas ya no pueden superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar en carreteras convencionales. Además, en vías de dos o más carriles por sentido se debe adelantar a bicicletas y ciclomotores ocupando completamente el carril contiguo. En vías de un sólo carril, hay que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros. En caso contrario, se pueden perder seis puntos.
Las nuevas normas también incluyen pérdida de puntos por no usar el cinturón de seguridad (cuatro puntos), por no disponer o no usar adecuadamente los sistemas de retención infantil y demás elementos de protección (cuatro), por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil (seis) y por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes (seis). También debes recordar que, ahora, los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
Con estas nuevas medidas, en vigor desde el 21 de marzo 2022, es importante estar atentos a la señalización y la autoridad, ya que ahora es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE). También está prohibido parar o estacionar el vehículo en el carril bici o en vías ciclistas y se endurecen las penas por interferir en los sistemas de vigilancia y control, por lo que llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está totalmente prohibido, estén conectados o no. No respetar esta norma conlleva la pérdida de tres puntos.
Documentación
Antes de emprender tu viaje de Semana Santa, también debes recordar que, con la nueva normativa, ya no es necesario llevar físicamente el permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir desde tu teléfono móvil.
Además, las nuevas medidas también han introducido cambios en el sistema de puntos -ahora, con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial es de dos años, siempre que no se cometan nuevas infracciones que conlleven la pérdida de puntos- y se han endurecido los castigos al fraude en las pruebas para la obtención o recuperación del permiso de conducir o cualquier otro trámite administrativo para conducir -ahora no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente y se considera una infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin-. En caso de no cumplir estas medidas, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.
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