LO CAMBIARÁ POR EL DE REBELIÓN SI HAY DISTURBIOS EN LOS PRÓXIMOS DÍAS

La Fiscalía se querellará por sedición en el Supremo contra Puigdemont, sus consellers y Forcadell

Tribunal Supremo
Sede del Tribunal Supremo, en Madrid. (Kris Arnold / Flickr)

La Fiscalía General del Estado presentará la querella por sedición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, cuyo presidente es el magistrado Manuel Marchena. Dicha querella será dirigida contra el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, sus consellers y la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, tras votarse el pasado viernes en la Cámara catalana la declaración de independencia.

Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, en las últimas horas se ha producido un gran debate jurídico sobre cuál era el tribunal competente en el que se debería interponer la querella. En un primer momento, se apostaba por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por ser el lugar «donde se produce el hecho delictivo». En cuestión de competencia, prima la «teoría de la ubicuidad», por lo que «es competente cualquiera de las jurisdicciones en la que se haya producido la acción delictiva o el resultado de la misma».

Sin embargo, hay otro argumento jurídico que ha cobrado mayor peso en las ultimas horas y es que «hay que estudiar y valorar si el delito se circunscribe en sus efectos y sus resultados al territorio catalán». En este supuesto, el Supremo se convierte en el tribunal «más probable» para recibir la querella porque «los efectos del delito afectan a toda España». «La competencia no depende de la calificación jurídica», añaden.

En este sentido, la decisión depende de la interpretación que se realice sobre la «condición de aforado del presidente de la Generalitat y del resto de miembros de su Gobierno», tras ser destituidos con la aplicación del Artículo 155 de la Constitución.

Si la causa la instruye el Tribunal Supremo en Madrid, se aliviaría mucha tensión y presión, abortando posibles estallidos de violencia en las calles de Barcelona. Unos hechos más probables si el TSJC fuera el tribunal designado.

Una vez admitida a trámite la querella, previsiblemente se nombraría a un juez instructor de la Sala, que por turno corresponda y posteriormente, se decretaría la citación de los querellados. Tras su declaración, se decidiría sobre su futuro procesal en una vista. En caso de no comparecer, se ordenaría su inmediata detención.

Según los artículos 57.2 y 70.2 del Estatuto de Cataluña corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña decidir sobre la inculpación, el procesamiento y el enjuiciamiento del presidente o de los consejeros, si bien “fuera del territorio de Cataluña la responsabilidad penal es exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”.

DUI

José Manuel Maza. (Foto: EFE)

La querella ya está lista

Tal y como avanzaba este diario, el fiscal General del Estado, José Manuel Maza, ya ha confeccionado la querella por sedición contra el presidente catalán y contra los que «dominen el hecho». La querella está prevista por sedición, pero podría cambiarse a rebelión si se producen disturbios en los próximos días.

En este contexto, el Ministerio Público apuesta por valorar cada una de las fases que han llevado a perpetrar el citado presunto delito de sedición. Es decir, desde los disturbios del 20 y 21 de septiembre a la celebración del referéndum ilegal del 1-O y la declaración última de independencia desde el Parlamento regional.

Estas mismas fuentes puntualizan que “en general, nadie es condenado por votar a favor en un pleno” y recuerdan que en muchos casos de corrupción, “los alcaldes son condenados por prevaricación únicamente, a pesar de que dicha prevaricación fuera votada favorablemente en un pleno por el resto de concejales de la corporación”.

Carles Puigdemont
Carles Puigdemont en el Parlament de Cataluña. (Foto: AFP)

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