España
Terrorismo

Absuelto un funcionario de prisiones acusado de colaboración con una banda yihadista

La Sección Segunda de la Audiencia Nacional ha absuelto, por unanimidad, a un funcionario de prisiones que había sido acusado de colaborar con varios hombres a los que, a su vez, se acusaba de terrorismo y de querer perpetrar diversos atentados yihadistas en España captando presos en la cárcel. En la sentencia firmada por los magistrados José Antonio Mora Alarcón, Fernando Andreu y María Fernanda García y a la que ha tenido acceso OKDIARIO, se absuelve a los acusados de todos los delitos, salvo a uno que ha sido condenado por falsedad documental. La Fiscalía pedía penas que superaban los diez años de prisión por los delitos de pertenencia a banda terrorista y colaboración, proposición de cometer atentados, cohecho y falsedad.

Según la Fiscalía, los acusados formaban una banda que actuaba en el centro penitenciario Madrid III en Valdemoro. Sus presuntas intenciones con el terrorismo yihadista eran las de captar a otros presos para que, a su salida, cometieran atentados terroristas, sobre todo en Madrid. Para ello, habrían utilizado la violencia con otros presos y diversos móviles desde dentro del presidio.

Es en ese punto donde el funcionario procesado habría ayudado a esta banda, cobrando presuntamente por introducir los teléfonos, así como por darles beneficios dentro de la prisión. Hecho que ha quedado totalmente descartado tras la intervención de su defensa ejercida por el letrado Juan de Pablos Izquierdo. Hasta ahora, y tras ser absuelto, nadie del Ministerio del Interior dirigido por Fernando Grande-Marlaska se ha puesto en contacto con el funcionario, hecho que llama la atención después del fallo absolutorio.

La policía, en sus informes, también aseguró que los funcionarios de la cárcel habían intervenido una tarjeta SD que contenía varios vídeos de carácter yihadista. Sin embargo, y como aprecia la sentencia, esa tarjeta nunca se entregó al juzgado, por lo que no ha podido ser valorada para poder acreditar la vinculación con el terrorismo.

Entre las acusaciones también estaba el hecho de que habrían pegado palizas a aquellos internos que no cumplían con los rezos o con las estrictas normas del Ramadán. Pero para los tres magistrados, este extremo, como el resto, no ha podido ser acreditado. Es más, se ha descartado por completo con las declaraciones de otros presos.

La sentencia

En el fallo, explican los jueces que “existe una marcada inconsistencia en las declaraciones de los dos testigos protegidos” que declararon durante el juicio. Aseveran que estos “incurren en palmarias contradicciones que evidencian la imposibilidad de que sus testimonios puedan servir de prueba de cargo para el asunto”.

En cuanto a los testigos protegidos, uno de ellos que aseguraba haber recibido una paliza de la banda acusada de terrorismo, no pudo acreditar este extremo en el juicio. Es más, llegó a reconocer que tiene “el expediente más guarro que hay” porque ha tenido hasta 75 peleas en prisión. Sobre el hecho de que le obligaran a rezar, el testigo dijo que él rezaba, como otras cuatro o cinco personas más, lo que para la Sala entra “en contradicción” con lo denunciado, puesto que nadie le habría obligado a rezar.

Otro de los testigos protegidos explicó que declaró porque la policía le dijo que le quitaría la expulsión, pero que el acusado principal “nunca le propuso poner ninguna bomba”, y que acudió a la Policía porque le “tenía miedo” al principal testigo porque “le pegaba cuando no le pagaba la droga” que aseveró consumía en prisión.

La misma explicación dio un cuarto testigo protegido. Todos ellos contaron que declararon contra los acusados porque le tenían miedo al testigo identificado como Kafig. Al parecer, a todos les dijo que, o le ayudaban, o les denunciaría por terroristas, lo que los llevó a hacerle caso y prestar “declaraciones falsas” en comisaría.

Pero para la Sala, el testimonio más importante es el de otro preso, sin ninguna relación ni con los testigos, ni con los acusados, que aseguró en el juicio que “nunca vio que se obligara a nadie a rezar, ni que se intentara captar a nadie para la Yihad”. En la misma línea que esta declaración fueron varias más de internos que negaron que se hubiera captado a nadie en la cárcel, llegando a decir que el principal acusado comía jamón, algo que está absolutamente prohibido en la religión musulmana.

Los magistrados dan por probado que el testigo estrella de la Fiscalía lo único que quería era “conseguir el asilo político en España”, y que no dudaba en amenazar al resto de reclusos diciendo que o le ayudaban “o les ponía el cartel de terrorista”. Es por todo ello que la Sala por unanimidad ha decidido absolver a todos los acusados excepto a uno, al que ha condenado porque reconoció que la documentación que llevaba encima era falsa.