El Supremo tumba la petición del golpista Forn: no podrá asistir al Pleno del Ayuntamiento de Barcelona
El golpista Joaquim Forn no podrá asistir al Pleno del Ayuntamiento de Barcelona que se celebrará este martes. El Tribunal Supremo ha tumbado la petición del líder de JxCat en el Consistorio de salir de prisión y sigue el criterio de la Fiscalía: «El permiso solicitado no reviste el carácter de extraordinario».
La Sala desestima en una providencia la solicitud del golpista Forn, que está en prisión preventiva tras el golpe de Estado de 2017 en Cataluña, al entender que «el permiso solicitado no reviste el carácter de extraordinario» y ante «la necesidad de preservar los fines del proceso penal, en un momento en que ya ha finalizado el juicio».
Forn, que está en la prisión de Brians-2 en Sant Esteve de Sesrovires (Barcelona) –la misma en la que cumple condena el hijo de Jordi Pujol, Oriol Pujol Ferrusola por el caso de las ITV– a la espera de la sentencia del ‘procés’, pidió el permiso al Alto Tribunal para asistir este martes al Pleno municipal de reparto de cargos de responsabilidad en el Ayuntamiento.
También la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha pedido que se le brindara el permiso para a asistir al citado Pleno «en entendimiento de que se trata del ejercicio de una función que forma parte del estatuto jurídico que le corresponde como miembro de la Corporación municipal».
Forn, que preside el grupo municipal de JXCat, no está suspendido y en junio el Supremo ya le autorizó a cumplimentar los trámites para adquirir la condición de concejal y asistir al pleno de investidura. Pero en esta ocasión el Alto Tribunal no le concede ese permiso, como pedía la Fiscalía que señaló en un escrito que «no puede ni debe permitirse el retorno de Joaquim Forn a escenarios públicos que permitan operar con los mismos o similares instrumentos jurídicos que los que en su día fueron utilizados para combatir del Estado de derecho y vulnerar la norma constitucional».
«Un permiso penitenciario como el que se solicita pondría en riesgo la vigencia del ordenamiento jurídico en un contexto social y político similar a aquel en el que actuó el investigado y alteraría muy probablemente la convivencia ciudadana», tal y como afirma el escrito del Alto Tribunal.
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