El Supremo sentencia: «Junqueras lideró el 1-O como un señuelo sin garantías democráticas»
El Alto Tribunal da por probada la existencia de violencia en el plan de los golpistas, pero fue para lograr la secesión.
99 años de cárcel para los golpistas: 13 años para Junqueras, 11 años y medio para Forcadell y 9 para ‘los Jordis’
El Supremo sentencia a Junqueras como cabecilla del «entramado institucional y jurídico» paralelo al constitucional y promotor de un «referéndum carente de todas las garantías democráticas».
Junqueras, como el resto de los acusados, era consciente de que lo que «se ofrecía a la ciudadanía catalana como el ejercicio legítimo del ‘derecho a decidir’, no era sino el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano».
La sentencia del Supremo que se ha hecho pública esta mañana es clara: los separatistas catalanes, con Junqueras a la cabeza, plantearon el ‘procés’ como un mecanismo bajo el que se «agazapaba el deseo de los líderes políticos y asociativos de presionar al Gobierno de la Nación para la negociación de una consulta popular» pactada.
Todos los condenados sabían de «la manifiesta inviabilidad de un referéndum de autodeterminación que se presentaba como la vía para la construcción de la República de Cataluña».
Pero, pese a ello «movilizaron a los ciudadanos» para «demostrar que los jueces en Cataluña habían perdido su capacidad jurisdiccional y fuero, además, expuestos a la compulsión personal mediante la que el ordenamiento jurídico garantiza la ejecución de las decisiones judiciales».
«Bajo el imaginario del derecho de autodeterminación, los ilusionados ciudadanos» deseosos del «ansiado horizonte de una república soberana», fueron engañados por los líderes políticos, reza el documento firmado por los siete magistrados del Supremo.
Esto es, Junqueras y el resto de ex consejeros condenados por sedición utilizaron el referéndum ilegal del 1-O como «un artificio engañoso» creado para «movilizar a unos ciudadanos que creyeron estar asistiendo al acto histórico de fundación de la república catalana» cuando, en realidad, «habían sido llamados como parte tácticamente esencial de la verdadera finalidad de los autores», que no era otra que chantajear al Gobierno central para que cediese a sus pretensiones de una consulta plebiscitaria pactada.
Reparto de funciones
Los golpistas concertaron una hoja de ruta en virtud de la que se materializó «un reparto funcional entre sus protagonistas»: Carme Forcadell, como Presidenta del Parlament; Oriol Junqueras, como Vicepresidente y Consejero de Economía y Hacienda; Raül Romeva, consejero del Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia; Josep
Rull, titular del Departamento de Territorio y Sostenibilidad; Dolors Bassa, al frente de la Consejería de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias; Meritxell Borràs como consejera de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda; y, Carles Mundó, consejero de Justicia.
La sentencia detalla minuciosamente el papel de cada uno de los acusados para desarrollar su estrategia desde el órgano parlamentario, el Ejecutivo autonómico y desde el ámbito civil.
En este último plano, el fallo del tribunal destaca cómo los presidentes de ANC y Omnium tuvieron una función relevante en la movilización de los ciudadanos: «Con este fin y con el de lograr una participación relevante en la consulta presentada como la expresión del ‘derecho a decidir’, se sumaron al concierto los acusados Jordi Sánchez y Jordi Cuixart». Ambos eran los respectivos líderes de las entidades separatistas Asamblea Nacional Catalana y Òmnium Cultural.
Sendas entidades ciudadanas «fueron puestas por sus dos principales dirigentes al servicio de la maniobra de presión política que había sido ideada de forma concertada con el resto de los acusados», concluye el fallo.
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