España
'Caso Begoña Gómez'

Sánchez se coloca por encima del Poder Judicial: «Hay que impedir que altere la labor de otros poderes»

Pedro Sánchez se ha negado a declarar ante el juez Peinado sobre los negocios de Begoña Gómez

Pedro Sánchez declara ante el juez Peinado, en directo: última hora del ‘caso Begoña Gómez’

  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

Tras negarse a declarar por los negocios de su mujer, Pedro Sánchez ha presentado este martes una querella por un presunto delito de prevaricación contra el juez Juan Carlos Peinado, que instruye la investigación contra Begoña Gómez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios. En la querella, llaman la atención determinados pasajes, como la siguiente argumentación de la Abogacía del Estado: «Se trata de impedir que el ejercicio del Poder Judicial altere innecesariamente el discurrir y labor de los demás poderes estatales».

«A nadie se le escapa la relevancia pública, también la eventual relevancia electoral, que pueden tener las resoluciones judiciales que afectan a los cargos del poder ejecutivo. Tampoco se le escapa a la acusación popular que emite ruedas de prensa en torno al interrogatorio objeto de controversia», se recoge textualmente en la querella, por la cual la Abogacía General del Estado lleva ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) a Peinado y al juez sustituto, Juan Carlos Valle, por sus providencias en la que se citaba a declarar a Sánchez como testigo y la que denegó que dicha declaración se efectuase por escrito, como exigía el líder socialista.

En el escrito, para sostener el supuesto delito, la Abogacía del Estado alega que «hay múltiples elementos que hacen evidente que la toma de declaración practicada (…) contraviene la normativa que la regula, despojando a quien ostenta la Presidencia de uno de los poderes del Estado de las 27 garantías que le ofrece la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882, sin explicación alternativa manifestada o manifestable».

La querella, plagada de interpretaciones y ataques a la Justicia y, en concreto, al trabajo desarrollado por el juez Peinado, destaca que «indudablemente, el Poder Judicial merece el respeto propio de encarnar uno de los poderes del Estado y cada uno de los jueces y magistrados que lo ejercen merecen dicho reconocimiento».

«Relevancia electoral»

Sin embargo, se matiza a continuación que «esto es predicable respecto de las autoridades restantes del Estado, sean parte de alguno de los poderes del Estado o sean órganos constitucionales -esto es, sean miembros del gobierno estatal, de los gobiernos autonómicos, de las Cortes, de los Parlamentos autonómicos u ostenten alguno de los restantes cargos reconocidos en nuestro sistema constitucional; es más, procedan de cualquier partido político, por supuesto».

Ello, para defender, a continuación, que «se trata de impedir que el ejercicio del Poder Judicial altere innecesariamente el discurrir y labor de los demás poderes estatales».

Sostiene así la Abogacía que «a nadie se le escapa la relevancia pública, también la eventual relevancia electoral, que pueden tener las resoluciones judiciales que afectan a los cargos del poder ejecutivo. Tampoco se le escapa a la acusación popular que emite ruedas de prensa en torno al interrogatorio objeto de controversia».

«Hay una larga historia de cómo resoluciones judiciales pueden influir en el devenir político de un país, tanto en España como en el extranjero. De ahí la mesura impuesta por el Tribunal Supremo y otros órganos judiciales para evitar hacer públicas resoluciones en períodos electorales, como simple ejemplo de lo que estamos exponiendo. Es evidente por tanto que la forma de toma de declaración tiene una repercusión a la que no es insensible el legislador, cuando distingue su realización escrita o verbal, en sede judicial o fuera de ella», prosigue.

Considera finalmente Pedro Sánchez, a través del escrito presentado por la Abogacía del Estado, que «nada de esto ha sido respetado, ni siquiera tenido en consideración por el querellado».

Según el dirigente socialista, «la premura para la toma de decisiones parece estar escogida para evitar la eficacia de dicho control mediante recursos por aquellos que sí son parte».

En el escrito, de 35 páginas, la Abogacía sostiene que Sánchez tendría que haber comparecido por escrito como jefe del Ejecutivo.

«Lo que adquiere relevancia, no se nos lleve a engaño, es lo hecho por la investigada en consideración a que su esposo es presidente del Gobierno, esto es, en atención a su cargo. No cabe disociar a una persona y pretender que se le va a preguntar como esposo, cuando lo determinante del objeto de la investigación, como decíamos, es la condición de presidente de Gobierno del marido de la investigada», asevera.

Según la Abogacía del Estado, la decisión de Peinado de que Sánchez declarase como testigo ha sido «prevaricadora» y no existe «una sola línea para motivar o justificar» que esta declaración no se haya efectuado por escrito.

«Descrédito» por las «conjeturas»

Así, señala que «a día de hoy» desconoce las razones por las que el juez considera que Sánchez, como testigo, «sólo pudo conocer los hechos sobre los que quiere preguntar fuera del ejercicio de su cargo».

La Abogacía insiste en que el juez no cuenta con «un mínimo indicio» que «soporte» las diligencias que ha acordado y considera que con sus «conjeturas» genera un «descrédito gratuito» y «desprestigia» la Presidencia del Gobierno.

Pese a todo lo expuesto, la Abogacía del Estado defiende que la querella no es un «ataque» al Poder Judicial. «Al contrario, es expresión en la confianza en el Poder Judicial», asegura.