España
PODEMOS PIERDE EL JUICIO ANTE OKDIARIO

Estos son los varapalos judiciales que se ha llevado Podemos contra OKDIARIO

Pablo Iglesias y Podemos engordan la lista de denuncias, demandas y querellas que pierden contra OKDIARIO en los tribunales. Este miércoles se conocía la decisión del Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid de absolver al periodista Alejandro Entrambasaguas, al considerar que su actuación «no constituyó un delito» ni tampoco «permite considerar la existencia de hostigamiento» a los hijos del ex vicepresidente del Gobierno y la ministra de Igualdad, Irene Montero.

Así, esta sentencia se suma a una retahíla de resoluciones judiciales que, a lo largo de los años, han dado la razón a este medio frente a los argumentos esgrimidos por el ex líder podemita y la formación que antaño dirigía. Sin ir más lejos, y al margen de las causas iniciadas por Pablo Iglesias a título personal, Podemos como partido político ha perdido en los tribunales ante OKDIARIO hasta en 4 ocasiones, entre denuncias, demandas y recursos.

Comisión de Investigación 

El 19 de marzo de 2019, el Juzgado de Instrucción número 39 de Madrid acordaba el archivo de la denuncia que la formación morada interpuso contra el director de OKDIARIO, Eduardo Inda, al que los podemitas acusaban de mentir en la Comisión de Investigación del Senado sobre la financiación de los partidos políticos, celebrada en noviembre de 2017.

«De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa», indicó entonces la juez Belén Sánchez en un auto en el que, además, señalaba que las manifestaciones vertidas en la Cámara Alta venían a ratificar informaciones publicadas en OKDIARIO que ya habían sido «objeto de examen en otros procedimientos judiciales». Aludía así la juez a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que determinó que la información sobre el pago de 272.000 dólares que Nicolás Maduro ordenó abonar a Pablo Iglesias a través de una cuenta en el paraíso fiscal de las islas caribeñas de San Vicente y las Granadinas era «veraz».

Por este asunto, el relativo a la intervención de Eduardo Inda en la Comisión de Investigación del Senado del 13 de noviembre de 2017, Unidas Podemos perdió de nuevo ante los tribunales tras desestimar la Audiencia Provincial de Madrid el recurso de apelación interpuesto por la formación.

Varapalo del Supremo 

De bruces contra la Justicia se dio de nuevo Podemos cuando, en febrero de 2020, el Tribunal Supremo anuló la censura del Congreso de los Diputados al periodista de OKDIARIO Segundo Sanz por publicar imágenes de la reforma del despacho de Pablo Iglesias en la Cámara Baja. El entonces líder podemita había optado por hacer uso de varios habitáculos contiguos para disponer del triple de espacio que cualquier otro diputado raso.

La formación morada y el PSOE, aprovechando su mayoría en la Mesa del Congreso, acordaron sancionar al periodista y retirarle su credencial apoyándose en una aplicación torticera de una normativa del Congreso que data de 2011, en concreto, de la Instrucción de la Presidencia del Congreso de los Diputados sobre Información Gráfica de la Cámara.

OKDIARIO recurrió está decisión y la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal resolvió que la noticia que Podemos y el Congreso intentaron censurar estaba protegida por la «libertad de información». Los magistrados consideraron por unanimidad que los argumentos esgrimidos por Meritxell Batet, presidenta de la Cámara, para vetar a Segundo Sanz «no poseen entidad suficiente para excluir la protección constitucional» a su actividad periodística e informativa.

Libertad de expresión 

Hace tan sólo un mes, el pasado 28 de enero, Podemos recibía su enésimo varapalo judicial. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 33 de Madrid desestimaba la demanda de Pablo Iglesias y de la formación morada contra Eduardo Inda por afirmar que el partido se ha financiado a través de las dictaduras de Venezuela e Irán.

La juez María Teresa de la Asunción concluyó que las declaraciones del director de OKDIARIO, estaban amparadas en «el ejercicio de la libertad de expresión». Según la sentencia, los partidos políticos y sus representantes «deben asumir las consecuencias derivadas de sus actuaciones», máxime cuando se encuentran en campaña electoral -como era el caso-, periodo en el que «se exponen inevitable y conscientemente a un control exhaustivo de sus hechos, y aunque sin duda les asiste el derecho de proteger su reputación, incluso fuera del marco de su vida privada, los imperativos de dicha protección deben ser sopesados con los de la libre discusión de las cuestiones políticas».

Así, esta sentencia se sumaba el pasado mes de enero a la larga lista de pleitos que Podemos ha perdido en los tribunales y que, este miércoles, engordaba todavía más la dictada por el Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid.