Luzón defiende una rebaja de pena mayor para Aldama: «Su colaboración ha sido útil para la investigación»
El fiscal defiende en el Supremo la atenuante para el empresario pese a que su escrito formal mantiene 7 años
El fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, ha defendido este miércoles ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo que la colaboración del empresario Víctor de Aldama con la justicia merece ser reconocida con una rebaja de pena, alineándose en la práctica con la posición de las acusaciones populares y alejándose de la línea formal del Ministerio Fiscal. Avala que, como piden las acusaciones populares y la defensa del comisionista, es «posible» una rebaja mayor de pena. La Fiscalía, así, sigue pidiendo 7 años de cárcel; las acusaciones populares, sólo 5, lo que evitaría su entrada en prisión.
En su informe final en la decimocuarta y previsiblemente última sesión del juicio por el caso Koldo, Luzón ha subrayado que la declaración de Aldama «ha permitido el avance del caso» y que rechazar ese reconocimiento equivaldría a ignorar los principios de política criminal que el propio ordenamiento jurídico contempla.
La posición del fiscal ha cobrado mayor relieve por el contexto que la rodea. Según informaciones publicadas durante el juicio, la fiscal general del Estado, Teresa Peramato, habría vetado que Luzón incluyera en sus conclusiones escritas la atenuante muy cualificada de confesión para Aldama, lo que habría reducido su petición de siete años a tres años y medio.
Luzón, sin embargo, niega esa orden. En todo caso, ha aprovechado su turno oral para defender que esa rebaja es jurídicamente procedente y viable, dentro del margen que le permite la intervención verbal ante el tribunal, que finalmente dictará sentencia.
El fiscal ha cortado de raíz el argumento más repetido por las defensas de José Luis Ábalos y Koldo García durante todo el proceso. Ante lo que ha calificado como «la cansina letanía del pacto con el fiscal», Luzón ha sido contundente: «Lo único que hay por parte de la Fiscalía es la estricta aplicación de la ley».
Para sostener su posición, el fiscal ha recurrido a una anécdota que ha resonado en la sala con fuerza evocadora. Ha recordado que hace 25 años, en el juicio sobre los fondos reservados del Estado, la defensa de uno de los acusados ya utilizó el término «ornitorrinco procesal» para referirse a la figura del coimputado colaborador.
Aquel procedimiento acabó con la condena de los secretarios de Estado implicados, mientras que el llamado ornitorrinco —el que cooperó con la justicia— recibió una pena notablemente menor.
La moraleja era clara: la ley premia la colaboración porque sin ella, determinados delitos son prácticamente imposibles de probar. «Sin colaboradores es imposible acreditar un cártel», ha razonado Luzón, extendiendo el argumento a las tramas de corrupción política.
Ley del silencio
La «ley del silencio», ha añadido, «se impondría en cualquier procedimiento de corrupción» si no existieran incentivos legales para romperla.
Luzón ha sido cuidadoso, no obstante, en precisar los límites de ese razonamiento. Ha subrayado que la declaración de un coimputado no puede elevarse automáticamente a la categoría de prueba plena, ya que su valoración debe hacerse «con mucha reserva», al responder habitualmente a un deseo legítimo de ver rebajada la condena y no a un «propósito benévolo de colaborar». Toda prueba de cargo, ha insistido, debe estar corroborada por elementos independientes.
En el caso concreto de Aldama, el fiscal ha concluido que esa exigencia se cumple con creces. «La declaración de Aldama se encuentra plenamente corroborada en lo esencial», ha afirmado.
Además, ha destacado que las manifestaciones del empresario no han buscado en ningún momento minimizar su propia participación, sino que, al contrario, ha admitido hechos que «inicialmente no eran conocidos por la fuerza investigadora».
La solidez del conjunto probatorio ha sido, de hecho, uno de los ejes del informe de Luzón. El fiscal ha calificado la prueba recopilada como «demoledora» y ha señalado que, a estas alturas del procedimiento, la declaración de Aldama ha dejado de ser el pilar central de la acusación. «La prueba es tan abundante que la declaración de Aldama no es decisiva», ha insistido, aunque sí ha reconocido que resultó «útil para avanzar en muchos aspectos de la investigación».
El contexto de esta defensa de la atenuante no es menor. Las acusaciones populares lideradas por el Partido Popular han rebajado ya en su escrito la petición para Aldama de 7 a 5 años.
El Partido Socialista, por su parte, se ha opuesto frontalmente a cualquier reducción, considerando un «escándalo de primer nivel» que se beneficie al empresario que más daño ha causado con sus declaraciones al entorno del PSOE.
El juicio por el caso Koldo arrancó en abril de 2026 y ha acumulado catorce sesiones, más de setenta testigos y una cantidad ingente de prueba documental y digital. La Fiscalía mantiene su petición de 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo García y 7 años para Aldama en el escrito formal. Tras los informes de este miércoles, la causa quedará vista para sentencia.
Los siete magistrados de la Sala Segunda tienen ahora sobre la mesa no sólo decidir sobre la culpabilidad o inocencia de los acusados, sino también resolver una pregunta que el propio juicio ha convertido en política: ¿cuánto vale, ante la ley, la palabra de quien se atreve a hablar? La respuesta llegará en forma de sentencia, posiblemente antes del verano.
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