La Junta Electoral rechaza en menos de una hora la petición de Vox de frenar la exhumación de Franco
La Junta Electoral acaba de batir el récord de velocidad al tumbar en menos de una hora la petición de Vox de frenar la exhumación de Franco por violar la neutralidad del 10-N. El partido de Santiago Abascal había solicitado este viernes ante la Junta Electoral Central la suspensión inmediata de la ejecución del acuerdo de exhumación, “al entender que el anuncio por parte del Gobierno de la inminente actuación en el Valle de los Caídos vulnera los principios de Neutralidad y Legalidad que deben regir las actuaciones del Gobierno de España e infringe, además, la Ley Electoral General”, tal y como ha adelantado OKDIARIO.
Pero, en menos de una hora y de forma urgente, la Junta Electoral ha tumbado la reclamación asegurando que carece de “fundamento” en relación a las “competencias” de la Junta Electoral. Vox ya ha anunciado que recurrirá la decisión.
La exigencia de Vox señalaba que la ley electoral es “una norma que, tal como reza en su artículo 50, prohíbe “desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas”, todo acto “organizado o financiado, directa o indirectamente por los poderes públicos, que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos”. Además, señalaba que la ley “durante el mismo período” prohíbe realizar “cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada”.
Por ello, VOX había decidido denunciar la “utilización partidista e interesada que ha realizado el Gobierno de España en funciones, tanto en el tratamiento de urgencia que ha dado a la exhumación de Franco, como a las sucesivas comunicaciones emitidas al respecto.
Pero la Junta Electoral ha salido al paso cortando en seco la reclamación. Ha señalado de inmediato que “dado el carácter urgente con el que se ha planteado este asunto”, se ha adoptado la siguiente resolución: “Inadmitir a trámite la solicitud de medida cautelar “inaudita parte” presentada a las 18,55 h. del día de hoy en el Registro de la Junta Electoral Central, por ausencia manifiesta de fundamento en relación con las competencias que legalmente corresponden a la Junta Electoral Central”.
Porque, según la Junta, «el objeto de la medida cautelar es una decisión el Consejo de Ministros adoptada en el día de hoy dentro de un procedimiento administrativo que ha estado sujeto al control jurisdiccional, vía a la que, en su caso, puede acudir para ejercitar las pretensiones que estime oportunas”.
Lo último en España
-
La cerámica de Castellón reclama en Bruselas una descarbonización «realista» con el apoyo del PP europeo
-
Juanma Moreno se queda a un escaño de la mayoría absoluta mientras Montero sólo le saca 3 a Vox
-
La empresa pública que enchufó a Jésica maniobra ahora para colocar a un directivo vinculado al ‘caso Koldo’
-
El nº 2 de Guardiola destaca la sintonía con Vox pero descarta el pacto antes de Semana Santa, como avanzó OKDIARIO
-
La mala gestión del Gobierno de Sánchez deja a Málaga sin albergar la sede de la Autoridad Aduanera de la UE
Últimas noticias
-
Entrevista a Noelia Castillo en directo | Última hora de la eutanasia, qué le pasó y su historia
-
Termina el consejo de Indra: Escribano aguanta, de los Mozos también y entra T-Rowe en apoyo al presidente
-
Suena muy raro, pero la ciencia lo avala: las tripas de las abejas demuestran el bienestar ecológico de una ciudad
-
Muere un trabajador en Ibiza tras caer desde 20 metros mientras podaba un árbol
-
Honda preocupación entre los expertos: vacían un embalse en La Rioja y dicen que hay especies protegidas en riesgo