La Junta Electoral llama la atención a Torra por no mantener la neutralidad en el twitter de la Generalitat
La Junta Electoral Central (JEC) ha apercibido a la Generalitat de Cataluña por utilizar su cuenta oficial de Twitter para lanzar mensajes electorales, contraviniendo así la obligación de las instituciones de mantener la neutralidad política durante el periodo electoral.
El organismo arbitral ha estimado de este modo la denuncia presentada por el PP catalán contra la Generalitat. En su acuerdo, recogido por Europa Press, la Junta Electoral Central subraya que la información que se reproduce en los mensajes denunciados por los ‘populares’ no es «estrictamente neutra e institucional».
Según el supervisor electoral, en los mensajes de la cuenta oficial de la Generalitat se recogían «valoraciones políticas incluidas en los programas de determinadas formaciones políticas, de indudable contenido electoralista» así como «críticas a otras formaciones políticas y candidatos».
Todo ello, subraya la JEC, «no resulta admisible en una página institucional» y supone una «vulneración» del artículo 50.2 de la Ley Electoral, ya que esos mensajes tienen un «resultado publicitario elogioso y electoralmente favorable para alguno de los candidatos».
Por eso, el organismo arbitral concluye que la Generalitat incurrió en una «quiebra» del principio de neutralidad que deben respetar los poderes públicos durante todo el periodo electoral y que, remarca, «constituye uno de los instrumentos legalmente establecidos para hacer efectiva la igualdad que ha de ser observada en el sufragio».
Pese a todo, dado que la Generalitat procedió a retirar los polémicos mensaje de su cuenta de Twitter, la JEC se limita a «apercibir» al Govern de Quim Torra para que «maximice su deber de cuidado y se abstenga de repetir actuaciones similares que quebranten la neutralidad de los poderes públicos».
La JEC ha acordado trasladar a la Junta Electoral Provincial de Barcelona este acuerdo que es firme en vía administrativa y sólo puede ser recurrido a través de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
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