La Junta Electoral estima parte del recurso del PP sobre la proyección de ‘los papeles de Bárcenas’
La Junta Electoral Central ha estimado parte del recurso del PP sobre la decisión que tomó la Provincial el pasado 11 de abril en cuanto a su denuncia por la proyección por parte de Podemos de los conocidos como los 'papeles de Bárcenas' en la fachada de la Casa de la Panadería de la Plaza Mayor.
Así consta en el acuerdo, adoptado el pasado lunes y al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se resuelve el recurso de los ‘populares’ contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid, de 11 de abril de 2019.
En dicho acuerdo, la Junta incoó expediente sancionador contra el Ayuntamiento de Madrid y Podemos por la proyección de las imágenes tras una denuncia del PP.
De este modo, estima parcialmente el recurso en la medida que «el acuerdo de iniciación de expediente sancionador debe incluir necesariamente todos los elementos que se señalan en el artículo 64.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
En consecuencia, según el acuerdo, «la referida Junta deberá retrotraer el procedimiento a dicho momento sin que proceda, por tanto, pronunciarse sobre los demás extremos planteados en el recurso».
El acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.
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