España

El juez ve «innegable» que García Castaño formaba parte de la «organización criminal» de Villarejo

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, considera que los avances en la investigación del 'caso Villarejo' han puesto de manifiesto suficientes indicios como para presumir que el comisario Enrique García Castaño estaba integrado en la misma organización criminal, especialmente por su papel en el espionaje al extesorero del PP Luis Bárcenas pero también por el rol que habría jugado en la pieza 9, la relativa al encargo realizado por el BBVA, donde ha comenzado a investigarle.

Lo expone en un auto al que ha tenido acceso Europa Press y en el que acumula las diligencias previas sobre García Castaño que en su momento, abrió el instructor de la causa, Diego De Egea. El nuevo juez al frente del caso explica que si en su día pudieron existir dudas sobre el grado de implicación de quien fuese jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo de la Policía Nacional, «la integración en la organización criminal que inicialmente se entendió no suficientemente acreditada ha devenido innegable».

En concreto, indica que «se ha venido constatando un incremento de los indicios existentes» contra García Castaño «en cuanto integrante de la organización criminal que se investiga, como se desprende de las piezas separadas 2, 3, 7 y 9», con una «colaboración mucho más intensa de lo que se apreció en su día» y «reconociéndose una comunidad de objetivos y un modus operandi muy semejante».

Se trata, por este orden, de las piezas Iron, que investiga el espionaje a un bufete de abogados; Land, sobre la trama en una familia adinerada a cuento de una herencia; Fondos Reservados, sobre el seguimiento al ex tesorero del PP Luis Bárcenas costeado con fondos del Estado y BBVA, en relación a la información que Villarejo y su empresa Cenyt habrían recopilado para la entidad financiera.

Para el juez, la investigación de estas piezas ha ido poniendo sobre la mesa que «la colaboración desarrollada» por García Castaño «respecto del entramado de Cenyt, presentó no sólo una asiduidad mayor», sino que su figura «está siempre presente» e incluso «presentaba vínculos personales y materiales que dotaban de contenido y sustantividad a dicha relación, con distribución de funciones entre unos y otros y sobre todo con una permanencia en el tiempo que no sería explicable sino dentro de un marco colaborativo entre ambos».

Conexión entre Gómez Gordo y Sergio Ríos

Se basa tanto en las revelaciones fruto de la investigación como en las declaraciones del propio García Castaño en sede judicial, que han «venido a confirmar la existencia de los presupuestos exigidos para afirmar la vinculación estable con el entramado profesional de Jose Manuel Villarejo», un «entendimiento entre ambos» que, según expone el auto, «se ha visto incuestionable en el marco de la pieza 7 que atiende al llamado proyecto Fondos Reservados».

García Castellón se refiere al operativo por el que se habría pagado con fondos reservados al chófer de Bárcenas, Sergio Ríos, para que le sustrajese documentación sensible del partido, un despliegue por el que han declarado como investigados en la Audiencia Nacional, entre otros, el que fuese entonces número 2 de la Policía Nacional, Eugenio Pino; y el comisario Andrés Gomez Gordo, a quien el juez cita expresamente en el auto como una prueba más de la relación entre García Castaño y Villarejo.

«La relación directa de ambos investigados con quienes intervienen en el proyecto, principalmente el investigado Sergio Ríos Esgueva y Andrés Gómez Gordo no resulta explicable sino dentro de este marco colaborativo. Ambos reconocen haber intentado contactar con Sergio Ríos por diversos medios, ambos se involucran en el operativo, se interesan en el resultado del operativo y gestionan una información que nunca llegaría a ser judicializada», expone el juez.

De hecho, señala que en la pieza Fondos Reservados «esta colaboración por sí sola presenta una coordinación en el tiempo que le sitúan muy próximo a la organización delictiva pero que en todo caso cualquiera que sea su denominación (*) determina necesariamente una investigación conjunta», motivo por el que acumula las diligencias que en inicio, se estaban instruyendo fuera de la causa.