El Supremo tumba la petición de García Ortiz para amordazar a los medios: «Hay libertad de expresión»
El instructor del caso García Ortiz dice que el juicio mediático no afecta a la legalidad de la instrucción
El juez instructor del Tribunal Supremo Luis Hurtado ha rechazado todas las peticiones planteadas por la defensa del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien denunciaba vulneración de derechos fundamentales y solicitaba medidas contra la difusión de información sobre su caso en los medios de comunicación. En un auto de este lunes consultado por OKDIARIO, el magistrado defiende la libertad de expresión y se niega a poner límites a la cobertura mediática del proceso.
La resolución judicial responde a un escrito presentado por la defensa del imputado García Ortiz el pasado 7 de enero, en el que denunciaba presuntas filtraciones del sumario y lo que consideraba un «juicio paralelo» en los medios de comunicación. El fiscal general solicitaba la apertura de una pieza separada para investigar las supuestas filtraciones y pedía medidas para impedir la difusión de informaciones que su defensa consideraba «sesgadas». Entre otros medios, OKDIARIO ha informado de que García Ortiz se niega a entregar su móvil que arrojaría luz a si filtró o no los emails del abogado del novio de Ayuso
El juez Hurtado ha sido contundente en su respuesta: «Impedir tal difusión supone poner limitaciones a un derecho fundamental, como es la libertad de expresión, que ha de ser respetado, aunque su contenido no se comparta». El instructor añade que si la defensa considera que existe alguna vulneración de derechos, «siempre le queda abierta la posibilidad de hacer valer su pretensión, acudiendo a la vía que estime oportuna».
Sobre los alegatos de «juicios paralelos», el magistrado hace suyas las palabras del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, que sostiene que «el juicio paralelo -de existir- no afecta a la legalidad de la instrucción, pues el juicio mediático discurre sin injerencias en el ámbito jurisdiccional». El instructor subraya que todas sus resoluciones se han basado exclusivamente en el material incorporado a la causa y las alegaciones de las partes.
En cuanto a las denuncias por filtraciones, el juez recuerda que ya ha adoptado diversas medidas preventivas, como retirar los móviles durante las diligencias o limitar el acceso a las grabaciones de video. Sin embargo, rechaza la apertura de una pieza separada y considera que cualquier investigación sobre posibles filtraciones debe ser competencia de un Juzgado de Instrucción ordinario.
Otras peticiones
Otro aspecto relevante del auto es el rechazo a la petición de la defensa de unificar las acusaciones populares. El magistrado mantiene el criterio expresado en su auto del 16 de diciembre de 2024, considerando que la actuación separada de las acusaciones no perjudica el proceso ni afecta al derecho a la tutela judicial efectiva.
El auto también aborda la polémica sobre la publicación de los números de teléfono del fiscal general, contenidos en un oficio de la UCO del 3 de enero. El juez defiende que estos datos eran necesarios para la investigación y que su conocimiento por las partes forma parte del principio de contradicción que rige durante la instrucción. «La eliminación de esos datos hubiera supuesto una importante merma para el derecho de las partes personadas a conocer el avance de una investigación», destaca.
El instructor recalca que el secreto externo del sumario impone a las partes un deber de reserva, pero insiste en que «no es factible impedir a las partes el acceso al contenido íntegro de una causa no declarada secreta, porque en otro caso se perturbaría su derecho de defensa y el que tienen a obtener la tutela judicial efectiva».
Así, en la parte dispositiva, el auto rechaza todas las pretensiones de la defensa: no habrá pieza separada para investigar filtraciones, no se adoptarán medidas limitativas de la libertad de expresión, no se unificarán las acusaciones populares y no se comunicará a la autoridad de protección de datos las supuestas vulneraciones denunciadas. En su lugar, el juez ordena remitir testimonio al Juzgado de Instrucción correspondiente para que investigue si las filtraciones pudieran ser constitutivas de delito.
Esta resolución supone un importante revés para la estrategia procesal de García Ortiz, quien había intentado limitar la difusión de información sobre su caso alegando vulneración de derechos fundamentales. El auto del juez Hurtado establece un claro equilibrio entre el derecho a la información y las garantías procesales, rechazando cualquier intento de restringir la cobertura mediática del proceso contra el fiscal general del Estado.
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