La juez exime del delito de lesiones al delegado del Gobierno de Madrid por permitir el 8M
Coronavirus: última hora del Covid-19 en directo
El delegado del Gobierno en Madrid no será condenado por un delito de lesiones por permitir la manifestación del 8M. Así lo ha sentenciado la juez titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, tras recibir un informe que rechaza la «relación de causalidad» entre la manifestación feminista y los contagios por coronavirus.
La juez recibió ayer el informe que solicitó al médico forense adscrito al juzgado para saber si las manifestaciones en Madrid entre los días 5 y 14 de marzo, día que se aprobó el estado de alarma, «fueron susceptibles de causar un riesgo evidente para la vida e integridad física de las personas».
El informe asegura que no existe ninguna «relación de causalidad» entre acudir a una manifestación multitudinaria y el riesgo de contagio, por lo que la magistrada ha dictado una providencia en la que retira la imputación por el delito de lesiones por imprudencia profesional contra José Manuel Franco.
Eso sí, la Rodríguez Medel mantiene la investigación abierta por el delito de prevaricación por el que el abogado Víctor Valladares interpuso la denuncia contra Franco por permitir «77 reuniones multitudinarias», destacando el 8M, a pesar de que el Centro Europeo para el control y prevención de enfermedades emitiera el 2 de marzo de 2020 un informe sobre el riesgo de contagio de Covid-19.
En el auto del pasado 25 de marzo, en el que la juez acordó incoar diligencias previas para investigar los hechos denunciados en relación a José Manuel Franco, la denuncia también iba dirigida contra Pedro Sánchez y los delegados del Gobierno en otras comunidades autónomas por lo que la juez instó a presentarla ante los órganos competentes, afirmó sus dudas sobre el encaje penal de los hechos, aunque no descartó que lo tuvieran.
Por ello, además del delito de prevaricación administrativa, decidió investigar también por el delito de lesiones por imprudencia profesional y en este sentido solicitó el informe descrito al médico forense.
Por otro lado, la magistrada repasó la jurisprudencia constitucional y recordó que sólo se puede «legalmente prohibir la manifestación por razones sanitarias», siempre y cuando en el momento de la decisión gubernativa, «no a posteriori», se tuvieran suficientes datos objetivos de un riesgo para la vida e integridad física de las personas.
Lo último en España
-
Feijóo carga contra los «telepredicadores» del campo: «Creen que lo verde es el jardín de la Complutense»
-
Abascal arrasa en ‘Europa Viva 25’: «La canción del verano tendría que haber sido ‘Sánchez, chulo de putas’»
-
Sánchez alienta a los radicales propalestinos de La Vuelta: «Nuestra admiración al pueblo que se moviliza»
-
Disneyland Paris se muda a Sevilla para buscar trabajadores: la fecha clave
-
Ayuso anuncia acciones legales contra los radicales propalestinos que montaron barricadas en La Vuelta
Últimas noticias
-
Heroico Pedro Martínez: se lleva un partido titánico ante Rune y deja a España a un paso de la remontada
-
Ayuso pone en su sitio a Sánchez: «Cuando el presidente jalea el boicot es responsable de cada altercado»
-
Marc Márquez explica su celebración: «Tenía muchas ganas de ganar y lo hice a lo Messi»
-
Josep Oliu: BBVA cree que los catalanes venderán a un precio de ganga «como si fueran tontos»
-
Adiós a los puentes: éstos son los festivos en España en lo que queda de año y no te va a gustar