La juez da carpetazo al caso master pero mantiene imputada a Cristina Cifuentes por falsificación
La magistrada del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez Medel Nieto, ha dictado el sobreseimento del caso máster en cuanto a los delitos de prevaricación y cohecho impropio pero seguirá investigando si hubo falsificación documental en el caso del Trabajo de Fin de Máster (TFM) de la expresidenta de la Comunidad Cristina Cifuentes.
Por ello, mantiene como investigada a la exdirigente del PP además de al catedrático Enrique Álvarez Conde, las profesoras Cecilia Rosado y Alicia López de los Mozos y la exasesora del Gobierno regional Teresa Feito Higueruela, todos ellos por el delito de falsedad documental.
El archivo de la causa llega después de que el Supremo considerase que no había caso en el título obtenido por Pablo Casado. Después del archivo de esta investigación por parte del alto tribunal la jueza de instrucción ha decidido aplicar el mismo criterio al resto de los alumnos de los cursos de posgrado.
No sucede así con Cristina Cifuentes en cuyo caso puede haberse dado un delito de falsificación por el acta de las notas que se rehizo a posteriori por orden del director del master Enrique Álvarez Conde.
Así pués el llamado caso master queda en lo que fue en su origen el caso Cifuentes. Bajo la lupa de las Justicia solo quedan la expresidenta y el director de los estudios de posgrado Álvarez Conde.
En el auto, fechado a 1 de octubre, la jueza destaca que tanto el informe de la Fiscalía del Tribunal Supremo como el propio auto de este Alto Tribunal de no abrir causa por los estudios del presidente del PP, Pablo Casado (pieza C del caso), son «determinantes para el resto de las decisiones que deben adoptarse en este procedimiento».
Por ello, la jueza se basa en estos dictámenes para proceder al archivo de la causa en cuanto a ambos delitos no sin explicar en qué sustentaba sus investigaciones. Y es que para Rodríguez Medel, acreditar indiciariamente la existencia de actividad académica era una parte sustancial en relación con la responsabilidad penal de unos y de otros y era el «punto neurálgico» de la instrucción.
Otro de los puntos que quería analizar la jueza era la acreditación del mérito académico mediante el requerimiento de documentación a los profesores y a los alumnos, una cuestión que, según la magistrada, «en nada afecta a los derechos constitucionales de los investigados», e incluso puede facilitar su exculpación.
Mérito académico
Sin embargo, destaca que del auto del Tribunal Supremo «se concluye como primer diligencia que no es relevante acreditar el mérito académico» y que, por eso, se descarta tomar declaración a Pablo Casado. «Se concluye, por el contrario, que es necesario acreditar la existencia de un concierto previo o coetáneo para prevaricar y sólo cuando tal concierto se evidencia, investigar si efectivamente el alumno participó y cooperó en la prevaricación», dice.
Entiende la jueza que esta doctrina debe aplicarse no sólo a Casado sino al resto del alumnado que ostentaba la condición de investigado: la expresidenta de la Comunidad Cristina Cifuentes y otro compañero suyo del máster, Álvaro Morente; y Alida Mas Taberner, exalto cargo de la Generalitat valenciana; María Mateo Feito, hija de la exasesora regional y Dolores Cancio Álvarez, relacionada con la URJC –estas tres de la promoción de Casado–.
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