Un juez considera «prebélicos» algunos altercados en las protestas de separatistas en Cataluña
Los altercados en las violentas protestas de separatistas radicales en Cataluña tras la publicación de la sentencia del 1-O han sido calificados como «prebélicos» por un juez de Barcelona. Los «incidentes tumultuarios» han causado una «grave afectación» a la «tranquilidad ciudadana» y al orden público, según apunta el titular del juzgado de instrucción número 32.
Estas consideraciones se recogen en un auto dictado este lunes en el que también se acuerda dejar en libertad a uno de los detenidos en los disturbios tras la condena a los líderes del procés que permanecía en prisión preventiva desde el pasado 19 de octubre.
Los deja en libertad a pesar de reconocer en el propio auto que no se puede descartar la reincidencia debido a la «situación de evidente crispación política y social que ha degenerado en los altercados, algunos de ellos prebélicos, en los que pudiera acaso haber participado el encausado».
El magistrado propine otras medidas que no supongan la prisión provisional como prohibir manifestarse, reunirse o concentrarse en la vía pública. Además reconoce que esta medida cautelar puede afectar al derecho de reunión y manifestación, pero lo justifica por el contexto de «incidentes tumultuarios» en las protestas.
El juez defiende que limitar el derecho a manifestación y reunión puede ser «necesario en una sociedad democrática» para defender otros bienes o derechos fundamentales. Entre ellos cita el orden público y «los derechos de los demás».
Por todo ello, deja en libertad al acusado pero le impone la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado y le prohibe acudir a manifestaciones públicas, reuniones o concentraciones en la vía pública de cualquier ciudad de Cataluña hasta que finalice la causa en la que se le investigue.
Por estos mismos motivos también se ha excarcelado a otro detenido en los disturbios. Ambos son vecinos de Parets del Vallés (Barcelona) y el juez cree que no hay riesgo de destrucción de pruebas ni de fuga porque que se ha acreditado su arraigo en su ciudad.
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