España
Ministerio del Interior

Interior tiene suspendidos a 2 policías desde marzo por detener a una mujer condenada por atentado

Los agentes fueron grabados por una vecina mientras detenían a una mujer que se estaba saltando el toque de queda en Benidorm.

La mujer es una suiza con antecedentes por allanamiento, robo, tráfico de drogas y atentado a la autoridad.

  • Alfonso Egea
  • Jefe de Investigación en OKDIARIO. Anteriormente fui responsable de la sección de Actualidad y Sucesos en Espejo Público, en Atresmedia. He publicado cuatro libros y actualmente colaboro en programas de televisión en Mediaset y en Telemadrid. Agradecido por tener el reconocimiento de la Policía Nacional de Madrid y la medalla al mérito de la Guardia Civil.

A finales del mes de marzo el vídeo que acompaña a esta noticia y que reveló en su día OKDIARIO supuso la suspensión inmediata por parte del Cuerpo Nacional de Policía de los dos agentes que en él aparecen. Más de un mes y medio después este periódico ha constatado que la mujer ya ha sido juzgada y condenada por un delito de atentado contra los agentes, pero los policías que fueron suspendidos siguen bajo sanción disciplinaria cautelar impuesta por Interior después de la publicidad que tuvo un vídeo casero.

Ante la duda, suspender, y si hay publicidad de por medio, más todavía. Parece que ese es el mantra bajo el que se está conduciendo el Ministerio del Interior cuando algún tipo de escándalo salpica a agentes que se encuentran bajo su responsabilidad. Lo que es difícil de entender es que dos policías nacionales siguen suspendidos de forma cautelar y pendientes de un dictamen de Régimen Disciplinario tres semanas después de que la persona por la que se inició su suspensión haya sido condenada por un delito de atentado contra ellos.

Para entender esta historia tenemos que trasladarnos al 24 de marzo de este año, a las 22:15 de la noche en el paseo Colón de Benidorm, Alicante. Allí un grupo de policías nacionales, algunos a bordo de motocicletas y otros en furgón, se aseguraban de que nadie vulnerara las prohibiciones que el Gobierno de la Comunidad Valenciana había impuesto por la pandemia de Covid.

Entre esas prohibiciones se encontraba la de no circular por la calle desde las diez de la noche hasta las seis de la mañana y, por supuesto, portar siempre mascarilla. A esa hora y ese día una mujer caminaba por el citado paseo infringiendo el toque de queda y sin llevar mascarilla.

La imagen que se difundió, el vídeo que acompaña a esta noticia corrió como la pólvora bajo el lema de presunta brutalidad policial al verse en él a dos agentes reducir a golpe de porra a una mujer en la calle. Con eso, y sólo con eso, se dio la orden de la suspensión cautelar e inmediata de los agentes. Y decimos sólo con eso porque pese a que la actuación fue el 24 de marzo y en presencia de más policías, los agentes no fueron suspendidos hasta cinco días después, justo cuando el vídeo salió a la luz.

Interpol informó a España de que la detenida acumulaba graves antecedentes y era una persona violenta.

El 8 de abril se celebró un juicio, pero contra la mujer detenida. Ocurría por los cargos presentados contra ella por los propios policías que la detuvieron. La mujer se negó a declarar en sede policial y en sede judicial y hubo grandes problemas para identificarla. Tuvo que ser Interpol la que desde suiza confirmara que se trataba de Daniela Zingre, una mujer nacida en 1982 con antecedentes por allanamiento, robo, tráfico de drogas y atentado a agentes de la autoridad en su país. La información de la policía europea traía una nota al pie: “Está considerada una persona violenta”.

Ella fue quien los atacó

La magistrada que la juzgó tuvo acceso a más vídeos además del doméstico que causó la suspensión fulminante de los policías y en ellos se ve claramente a la detenida enfrentarse a los agentes, atacarlos e incluso intentar tirarlos de sus motocicletas. De hecho, los policías declararon que en un momento dado ni siquiera sabían si iba armada o no.

Para colmo todo empezó de la manera más insospechada y pacífica, y eso tampoco aparecía en el vídeo de marras. Cuando los policías vieron a la mujer se le acercaron para informarle de la hora, no para sancionarla, y, atención, para proporcionarle una mascarilla que pudiera ponerse en ese mismo momento. La violenta reacción de ella le valió acabar siendo condenada a 6 meses de cárcel por un delito de atentado.

La sentencia se firmó el 19 de abril, y ahora, un mes y medio después de la detención y casi tres semanas después de la sentencia, los dos policías, de manera incomprensible, siguen estando suspendidos de forma cautelar cuya principal consecuencia es que se les remunera con sueldos básicos, sin pluses ni incentivos.

Desde la Confederación Española de Policía (CEP) aseguran que lo que son incapaces de entender los policías afectados es cómo pueden seguir suspendidos sin ni siquiera haber una causa judicial contra ellos. Es más, ellos recurrieron la sentencia condenatoria de su agresora para limar tres o cuatro aspectos de la misma para que no quedara la menor duda de que ellos no agredieron a una ciudadana por no llevar mascarilla, que fue como se vendió la historia. Se defendieron de una mujer violenta que los agredió, pero la policía de los balcones fue la que dio la excusa a Interior para suspenderlos sin pruebas.