Inspectores de Hacienda piden una «policía fiscal» antifraude tras la regularización de Juan Carlos I
Los inspectores de Hacienda han aprovechado la regularización del Rey emérito para desempolvar una antigua petición suya: la creación de una policía fiscal con amplios poderes para perseguir el fraude de los contribuyentes. Los inspectores plantean esta policía como una solución que hubiese podido evitar problemas de descoordinación como los observados en el caso de la regularización de Don Juan Carlos y exigen «reconocer a la AEAT la competencia para investigar los delitos contra la Hacienda Pública».
En pleno debate por la regularización fiscal del Rey emérito Juan Carlos I, los inspectores de Hacienda han salido al paso de las insinuaciones de un retraso intencionado en la actuación e investigación de la Agencia Tributaria en la investigación a Juan Carlos I. Esas insinuaciones han acusado a este organismo de haber dilatado sus primeros pasos para dar tiempo al emérito de enviar una declaración complementaria y evitar así el castigo correspondiente por el fraude fiscal.
Los inspectores niegan esta acusación y defienden la integridad de su comportamiento. Pero, más allá de este aspecto, el informe elaborado por la asociación Inspectores de Hacienda ha aprovechado para exigir medidas que, según ellos, evitarían problemas como los detectados en el control de la tributación del emérito.
En su informe, los inspectores reclaman «reconocer a la AEAT la competencia para investigar los delitos contra la Hacienda Pública. A este fin, la Ley General Tributaria deberá regular el procedimiento administrativo tributario, dando competencias plenas a la AEAT y coordinándolas con las de la Fiscalía, sin subordinación de uno a otro, para evitar que unos por otros quede la casa sin barrer».
Piden igualmente «equipos mixtos con la Fiscalía para la investigación de delitos económicos graves»; «transformar la mal llamada excusa absolutoria (es más un supuesto de atipicidad) del artículo 305.4 del Código Penal, en un atenuante cualificado que reduzca la pena. Actualmente esta figura borra el delito previamente cometido y anula el reproche jurídico, y en la práctica apenas cumple con su pretendida función de estimular el cumplimiento espontáneo»; y «suprimir o limitar los efectos de la atenuante de reparación del delito fiscal del artículo 305.6 del Código Penal».
Cárcel o devolución de lo defraudado
Añaden que «en la casi totalidad de los casos, este atenuante supone eximir al defraudador pillado in fraganti de ir a la cárcel, a cambio de devolver el dinero que Hacienda ha demostrado que ha defraudado. Se trataría de evitar el mensaje al delincuente de que pagando se elude la prisión».
Pero la guinda del informe llega en el momento en el que los inspectores reclaman «crear la policía fiscal y un órgano específico para luchar contra la corrupción, la Oficina Antifraude (ONAF), que sería el máximo órgano responsable y coordinador en materia de prevención, investigación y represión de la corrupción, y de los delitos de blanqueo de capitales y otros económicos».
«Todas estas cuestiones, criticadas ya por nuestra Asociación en 2014, mantienen toda su vigencia y explican cómo en casos con relevancia penal como el del Rey emérito, puede no ser la AEAT la que comande las investigaciones tributarias de un obligado tributario», añaden los inspectores.
El documento incorpora más exigencias: «A las propuestas anteriores de IHE, caídas en saco roto, habría que añadir ahora otras para solucionar los problemas detectados en casos como el que nos ocupa», entre ellas, «la inclusión en los planes de inspección de todas las entidades y personas investigadas por la Fiscalía en posibles delitos fiscales, cuyo origen no sean actuaciones de la AEAT. […]».
Añaden que «que en todos aquellos casos de contribuyentes que hayan regularizado cuotas que superen el umbral penal se inicie necesariamente un procedimiento inspector para comprobar si se ha producido un completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, y se evite la posibilidad de que se puedan realizar sucesivas regularizaciones sin consecuencias penales. Que se amplíe el plazo para que la administración tributaria para realizar comprobaciones. Actualmente es de 4 años, por lo que imposibilita que la AEAT tenga facultades para comprobar delitos fiscales agravados, cuya prescripción es de 10 años».
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