Los fiscales del Supremo tumbarán por mayoría el escrito que rechaza investigar a Tsunami por terrorismo
Los 15 fiscales de la sección segunda de lo Penal del Supremo se opondrán al informe de Álvaro Redondo
Solicitarán también al Supremo que admita la exposición razonada y abra una causa contra Puigdemont
Los fiscales del Tribunal Supremo tumbarán este martes el escrito del fiscal Álvaro Redondo en el que asegura que no existen indicios de delito de terrorismo por parte de Carles Puigdemont en la causa de Tsunami Democràtic. Según ha podido saber OKDIARIO en exclusiva, los 15 fiscales que conforman la sección segunda de lo Penal del Alto Tribunal se opondrán al informe de su compañero y elaborarán uno nuevo en el que los fiscales del Supremo sí aprecian indicios de terrorismo contra Puigdemont.
Asimismo, solicitarán al Supremo que admita la exposición razonada elevada por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional y abra una causa contra Puigdemont por terrorismo dada su condición de aforado.
El fiscal Álvaro Redondo elaboró un primer informe en el que apreciaba indicios de delitos de terrorismo en los actos violentos que tuvieron lugar en Cataluña tras conocerse la sentencia del 1-O. Sin embargo, tras una reunión con el fiscal general, Redondo decidió rehacer el escrito oponiéndose a la investigación contra Puigdemont por terrorismo y, en línea con la Fiscalía de la Audiencia Nacional, defendió que en todo caso en la causa Tsunami hubo delitos de desórdenes públicos. Este último es el documento que finalmente se debatirá la Junta de Fiscales y se someterá a votación.
Los fiscales lo tumbarán
Redondo ha emitido un informe donde se opone a que el alto tribunal investigue a Carles Puigdemont por terrorismo, contestando así a la exposición razonada que envió al Supremo el juez de la Audiencia Nacional que instruye la causa de Tsunami Democràtic, Manuel García-Castellón, para que imputara al ex presidente catalán por estos delitos. Así, el fiscal sigue la tesis del fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Ángel Carballo, que recurrió el paso dado por el juez instructor al considerar que no existían indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y que los hechos no eran constitutivos de terrorismo, sino de desórdenes públicos graves.
La consideración o no de lo ocurrido como delitos de terrorismo tiene una onda expansiva política para el Gobierno de Sánchez, ya que incide de lleno en la eficacia de la Ley de Amnistía a la que aspiran los procesados por la violencia del procés.
Sin embargo, los fiscales de la sección segunda tumbarán el escrito de Redondo y elaborarán uno nuevo defendiendo la existencia de terrorismo en los hechos investigados. Las mismas fuentes explican que ofrecerán al ponente, Álvaro Redondo, elaborar el dictamen defendido por el Consejo Fiscal. Pero, si éste se niega a rehacer su informe, el escrito lo asumirá otro fiscal que redacte uno nuevo en el que se refleje el criterio de la mayoría de la Junta.
Terrorismo
García-Castellón ha recordado este lunes que la calificación de los hechos imputados a ese grupo violento independentista como delito de terrorismo se puede constatar desde hace cuatro años. Poco después de la apertura de la investigación, en octubre de 2019, el magistrado enmarcó este procedimiento judicial en el terrorismo, motivo por el cual el caso se analiza en la Audiencia Nacional y no en juzgados ordinarios de Cataluña. En particular, rescata las primeras comisiones rogatorias enviadas a Suiza y EEUU, en diciembre de 2019, donde ya se hablaba expresamente de presunto delito de terrorismo.
A pesar de que la Fiscalía se esfuerza ahora en desmontar que es terrorismo, García-Castellón recuerda que lleva cuatro años con las mismas sospechas. Aunque la izquierda se lanza contra el magistrado de acusar ahora de terrorismo a Tsunami, lo cierto es que desde hace casi 50 meses la causa judicial recoge posibles delitos de terrorismo.
Este domingo se conocía que el fiscal del Supremo encargado de estudiar la exposición razonada elevada por García-Castellón tampoco ve esos delitos de terrorismo y argumenta que no se ha investigado lo suficiente para dirigir la investigación contra el expresidente catalán Carles Puigdemont. Sin embargo, el caso se está instruyendo desde finales de 2019 sin pausa.
Ahora, el magistrado rememora que a los pocos días del arranque de la investigación, el 19 de noviembre de 2019, ya apreció la presencia de unos hechos susceptibles de incardinarse en infracciones susceptibles de constituir una alteración grave de la paz pública –como señala el artículo 573 del Código Penal para «los delitos de terrorismo»–.
De esta forma, García-Castellón enfatiza que la calificación que contiene su auto del 6 de noviembre de 2023, resolución en la que enumeraba a los imputados, «no resultaba ni mucho menos novedosa» y no era una «imputación sorpresiva o acomodada a circunstancias ajenas a la investigación», una alusión clara a la negociación de la Ley de Amnistía entre partidos independentistas y el PSOE.
Por otra parte, el auto de este lunes, consultado por este periódico, agrega que también en fechas más recientes, una vez presentados los informes de imputación individualizados de 4 de mayo, se hablaba de terrorismo. El 21 de julio –antes de las elecciones del 23J en las que Pedro Sánchez unió su destino a Junts–, el juez ya habló de un posible delito de terrorismo expresamente.
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