El estado de alarma impuesto por Sánchez en Madrid suma nuevos recursos ante la Justicia
El recurso incorpora, además, la solicitud de medidas cautelares
La decisión de Pedro Sánchez de imponer el estado de alarma sigue sumando recursos ante la Justicia. El último ha sido el del Partido Laócrata, una formación que ya ha actuado judicialmente en otras causas del Covid y en la entrada de Pablo Iglesias en la Comisión Delegada que controla el CNI.
De este modo, el Partido que lidera Sergio Cebolla ha presentado un recurso ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo contra el «Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2».
El recurso por el estado de alarma impuesto por Pedro Sánchez en Madrid incorpora, además la solicitud de medidas cautelares.
El texto presentado por el partido destaca que «el Real Decreto y los siguientes artículos vulneran los artículos 3, 42 y 43 del Reglamento Internacional Sanitario del año 2005, del que España es parte, con las medidas sanitarias establecidas por la Organización Mundial de la Salud, así como vulnerando el artículo 6 del Real Decreto Ley 21/20 de 9 de Junio al imponer medidas más restrictivas, invasivas e ineficaces a la población sana que son contravenidas […] y que no tenemos obligación legal de soportar».
El recurso añade que se viola el «mandato expreso de la Constitución» de que «toda injerencia estatal en el ámbito de los derechos fundamentales y libertades públicas, ora incida directamente en su desarrollo (art. 81.1 CE), o limite o condicione su ejercicio (art. 53.1 CE), precisa una habilitación legal».
Esa habilitación requiere de una motivación cierta, basada en datos científicos, que en este estado de alarma no se incluye o desafía la realidad.
No se trata del primer recurso contra el estado de alarma de Sánchez en Madrid.
Tal y como ha publicado ya OKDIARIO, desde el primer día se presentaron recursos. El primero de ellos fue el del abogado Curro Nicolau. Nicolau es el letrado que ya batalló judicialmente contra la orden ministerial que pretendió cerrar igualmente la capital y otros nueve municipios y chocó contra el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Este recurso carga igualmente contra la negación de los datos sanitarios, la improvisación y la falta de motivación y búsqueda de alternativas menos dañinas para la Comunidad de Madrid.
El recurso, además, destaca que «debe tenerse en cuenta que esta parte no discute las medidas sanitarias siempre que las mismas sean dictadas con proporcionalidad y siguiendo el criterio científico-técnico de expertos en epidemiología y salud pública. Ahora bien, dichas medidas siempre deben respetar el ordenamiento jurídico y la Constitución Española». Por ello, señala que «dentro de lo posible, las intervenciones en el ámbito constitucionalmente protegido de los derechos deberán ser lo menos gravosas posibles, en cuanto que necesarias, adecuadas y proporcionadas, entendiendo claro está que suspensión no equivale en ningún caso a desaparición y que el titular de derechos siempre podrá activar los mecanismos de protección en caso de entender que ésta se ha producido».
El recurso de Nicolau señala también que «es evidente que existen mecanismos de protección, como el uso de mascarillas, distanciamiento social, así como evitar aglomeraciones, que reducen significativamente la expansión del virus SARS-CoV2. Por tanto no es constitucionalmente admisible la utilización de un estado de alarma que establezca una frontera perimetral imaginaria para toda una región de España, como es la Comunidad de Madrid. Lo que constituye para que nos entendamos en términos coloquiales, un auténtico gueto».
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