El CGPJ advierte: «Es imperativo reforzar la independencia de los fiscales» si van a instruir las causas
La nueva LeCRim empodera a los fiscales en detrimento de los jueces en la instrucción de los casos penales
El Gobierno de Pedro Sánchez ha visto por fin cómo el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad el informe sobre la nueva Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que le resta competencias a los jueces en la instrucción de los casos penales para dársela a los fiscales.
Tanta importancia le concede el Gobierno a esta reforma de la LECrim que el ministro de Justicia, Félix Bolaños, no ha tardado en expresar en las redes su satisfacción: «La Ley de Enjuiciamiento Criminal es del siglo XIX. Aprobar una norma adaptada al siglo XXI y al entorno europeo es inaplazable. Gracias al Poder Judicial por aprobar por unanimidad el informe que nos permitirá mejorar la norma. Seguimos con la mayor transformación de la Justicia», ha publicado Bolaños.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal es del s.XIX. Aprobar una norma adaptada al s.XXI y al entorno europeo es inaplazable.
Gracias al @PoderJudicialEs por aprobar por unanimidad el informe que nos permitirá mejorar la norma.
Seguimos con la mayor transformación de la Justicia.
— Félix Bolaños (@felixbolanosg) December 18, 2024
De hecho, es muy significativa una referencia de dicho informe que pone de relieve la pieza angular de la reforma: la independencia fiscal, ya que todos recordamos la frase del presidente del Gobierno cuando aún los casos de corrupción no le cercaban: «¿De quién depende la Fiscalía? Pues eso».
Por eso, matiza que este nuevo modelo procesal penal en el que la Fiscalía es «la clave de bóveda de la fase de instrucción» sólo puede ponerse en marcha si con carácter previo «se aborda una ambiciosa reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) que enfatice y fortalezca la garantía institucional de la independencia del Ministerio público».
LeCrim e independencia de los fiscales
Por ello, el Poder Judicial destaca que «resulta imperativo reforzar la independencia del Ministerio Público tanto en su dimensión externa, de modo que no esté sujeto a órdenes ni instrucciones de ningún tipo impartidas por terceros y quede protegido de injerencias o presiones externas, como en su dimensión interna, introduciendo contrapesos adecuados a los principios orgánicos de jerarquía y de unidad de actuación», señala, para que no haya duda de que los jueces exigirán que ciertos principios serán inexcusables.
En este sentido, recuerda que en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se ha remarcado que «tanto los tribunales como las autoridades de instrucción deben permanecer libres de cualquier presión política» y que «es de interés general mantener la confianza de los ciudadanos en la independencia y neutralidad política de órganos instructores».
La relación Gobierno-Fiscalía General
Resalta así que esa reforma del EOMF debe introducir mejoras institucionales en el régimen del Fiscal General del Estado (FGE), «en especial en su sistema de nombramiento y en su estatuto de inamovilidad». Y añade que la reforma habrá de incidir «en aumentar el espacio de inmunidad frente a la intervención del Gobierno y en el régimen de relaciones entre el Gobierno y la Fiscalía General del Estado».
Indica que la ausencia de dependencia del fiscal general del Estado respecto al Ejecutivo «debería venir reforzada con la incorporación de una prohibición expresa y taxativa de dirigir al fiscal general órdenes, instrucciones o indicaciones de ningún tipo».
El informe aprobado este miércoles concluye que «la atribución al fiscal de la dirección de la investigación penal, (con) mecanismos de control judicial y de garantía de derechos fundamentales, entra dentro de lo constitucionalmente posible». De hecho, recuerda que los fiscales ya se ocupan de las instrucciones en la jurisdicción de menores.
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