Calvo rehúye la comparecencia e Igualdad responde al PP que el ‘decretazo’ que modifica la custodia es legal
El ‘decretazo’ que cambia las condiciones de la patria potestad en casos de violencia de género, aun sin denuncia en el juzgado, ha levantado enorme polémica desde que OKDIARIO desveló sus términos. Este viernes, el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad ha defendido el Decreto Ley aprobado el pasado 3 de agosto sobre medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, alegando que es «jurídicamente correcto».
A las más de 50 denuncias simultáneas presentadas contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se unió este jueves el PP, que exigió la comparecencia de la vicepresidenta Carmen Calvo, para que explicara el encaje jurídico de una modificación del Código Civil a través de un Real Decreto.
Fuentes del Ministerio han dado esta respuesta a Europa Press después de que los ‘populares’ denunciaran que este decreto ley «adolece de graves defectos jurídicos que son constitutivos de inconstitucionalidad».
El pasado 3 de agosto, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 9/2018 que, entre otras medidas, da competencias a los funcionarios de los Ayuntamientos para acreditar una situación de violencia de género —los informes de los servicios sociales también serán válidos para ello—, sin necesidad de denuncia. También modifica el Código Civil para que la atención y asistencia psicológica quede fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común en el ejercicio de la patria potestad, cuando exista sentencia firme o hubiera una causa penal en curso por malos tratos o abusos sexuales.
Desde el PP, han acusado al presidente Sánchez de «romper el consenso de la democracia» al aprobar «por la puerta de atrás en el mes de agosto, el Real Decreto Ley para modificar el Código Civil». Según han argumentado, existe un «claro incumplimiento y desprecio de los requisitos» del artículo 86 de la Carta Magna, al entrar a modificar «materias relativas a derecho de familia y capacidad de las personas sin intervención de las Cámaras legislativas».
Sin embargo, fuentes del Ministerio de Igualdad han subrayado que el ejercicio de la patria potestad «no es materia restringida». El artículo 86 de la Carta Magna establece que «en caso de extraordinaria y urgente necesidad», el Gobierno podrá dictar Decretos-leyes «que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general».
El PP ha incidido en que la modificación del Código Civil en cuanto a la atención psicológica de los menores «exige un instrumento jurídico que no puede ser el Real Decreto ley», pero desde el Gobierno insisten en que ésta es la vía correcta para la modificación.
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