La Audiencia de Madrid reabre la investigación de la ‘caja B’ de Podemos
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado reabrir la investigación sobre la presunta Caja B de Podemos. En su auto, los magistrados estiman el recurso de la ex senadora morada Celia Cánovas, que será considerada acusación particular en la causa. En el auto de seis páginas, al que ha tenido acceso OKDIARIO, los magistrados Carlos Martín Meizoso, Juan José Toscano Tinoco y Fernando de la Fuente Honrubia resuelven «estimar el recurso acordando la continuación del proceso hasta el esclarecimiento de la presunta administración desleal del Fondo de Solidaridad del partido político Podemos. Queda así sin vigencia el principal argumento del magistrado instructor».
En este sentido, exponen que los cargos públicos de Podemos se comprometieron mediante un Código Ético a cobrar, como mucho, tres salarios mínimos interprofesionales, y que la propia Cánovas reconoce que se le permitió cobrar más.
En todo caso, la Audiencia Provincial señala que la ex senadora es una «presunta víctima o perjudicada de parte de los hechos investigados». En su condición de afiliada de Podemos, puede ser considerada afectada por «un posible delito de administración desleal».
Denuncia de Calvente
La investigación de la Caja B se inició tras la denuncia del abogado purgado de Podemos, José Manuel Calvente, ante la Guardia Civil. El letrado, que fue despedido tras investigar presuntas irregularidades del partido, sospechó de la existencia en Podemos de una Caja B -denominada con el eufemismo de Caja de solidaridad-, creada en 2018 por iniciativa de Rafael Mayoral como secretario de Sociedad Civil y Movimiento Popular del partido.
Según el Reglamento de esta Caja B, estos fondos económicos proceden de donaciones mensuales de los cargos públicos estatales de la formación. Los mismos –atendiendo a dicho texto– deberían destinarse a «donaciones a colectivos, entidades, procesos litigiosos o cajas de resistencia de colectivos en movilización y o huelga que pueda haber abiertas». Pero el denunciante detectó una petición sospechosa de 50.000 euros por parte de #404 Comunicación Popular. Una asociación de la que no consta fecha de constitución, razón social o los datos de la persona física que formula la petición del dinero a nombre de esta entidad.
El abogado purgado señaló que tras investigar en Internet a esta asociación, descubrió que parece estar controlada por Cristian Luis Navarro Marrero, que curiosamente trabaja como asistente local (en España) de la agrupación de Podemos en el Parlamento Europeo. Aseguró Calvente que Navarro Marrero está vinculado a la eurodiputada Idoia Villanueva Ruiz. Pero el ex abogado de Podemos denunció que en realidad su actividad laboral era servir a Rafael Mayoral, a quien acompañaba en sus desplazamientos. Como por ejemplo en un viaje a Sao Paulo (Brasil) el día 21 de noviembre 2019, justo tras las elecciones de noviembre en ese país.
Sin embargo, el titular del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid –en línea con la Fiscalía– decidió cerrar esta línea de investigación. La fiscal Lorena Álvarez, lejos de investigar tal extremo, subrayó en su escrito que «no hay ningún indicio de que Rafael Mayoral se haya apropiado de los 50.000 euros referidos a través de las personas interpuestas por más que se acompañen de relaciones y rumores obtenidos a través de Internet». Y prosiguió: «El hecho de que una persona viaje con otra persona ocho años antes de la concesión de un fondo, carece de mínima virtualidad para entender siquiera la existencia de un mínimo probatorio».
Esta resolución fue recurrida ante la Audiencia Provincial que en un auto ahora decide reabrir la investigación. El tribunal expone que: «Alegándose en la denuncia que tales donaciones podrían haber sido utilizadas irregularmente para sobresueldos a cargos de dicho partido político a través de la Caja de Solidaridad, ya se ha dictado Auto en fecha 20-10-20 acordando el sobreseimiento provisional de la presunta causa respecto de la presunta administración desleal del numerario del Fondo de Solidaridad, al no existir indicios de que no fuera utilizado para el fin propio para el que fue constituido».
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