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Obligan a un hombre a ponerse del revés una camiseta de «¡Que te vote Txapote!» para votar en Madrid

La prohibición de la Junta Electoral Central se ha hecho efectiva. El presidente de una mesa electoral del Colegio Nuestra Señora de la Consolación, en el distrito madrileño de Chamartín, ha obligado a un hombre de mediana edad a ponerse del revés una camiseta con el lema «¡Que te vote Txapote!» para poder ejercer su derecho al voto.

El hombre ha acudido al centro electoral minutos antes de las 11:00 horas vistiendo una camiseta negra con la citada frase escrita con los colores de la bandera nacional. Mientras esperaba su turno, se ha colocado sobre la parte delantera de la camiseta una mochila que ocultaba el lema «¡Que te vote Txapote!».

Pero justo antes de entregar el documento de identidad a los miembros de la mesa electoral, ha descubierto la camiseta al ponerse la mochila en la espalda, momento en el que varios interventores del PSOE han recordado al presidente de la mesa que no podría depositar su voto mostrando tal lema.

Por ello, el responsable de la mesa ha pedido al votante que se pusiera la camiseta del revés, con el lema por dentro, para depositar los sobres en las urnas, tal y como ha comprobado la Agencia Efe. Tras ejercer su derecho al voto, el hombre ha hecho un corte de mangas a uno de los interventores del PSOE y ha abandonado el centro electoral.

La prohibición de la JEC

El pasado jueves, la Junta Electoral Central (JEC) avisaba de que acudir a votar a un colegio electoral con camisetas incluyendo el lema «¡Que te vote Txapote!» junto a un escudo de España no está permitido, indicando que en la normativa electoral se recoge la «prohibición general» de llevar «propaganda electoral de ningún género» al lugar de votación durante el día de las elecciones.

De esta manera, el organismo arbitral respondía a una consulta de la Comisaría Provincial de Jaén por la difusión en redes sociales de mensajes que animaban a los ciudadanos a acudir «a los colegios electorales con una camiseta con el lema de moda con el escudo del Estado español».

En este contexto, la JEC hacía mención al artículo 93 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que hace referencia a la «prohibición general» de que los ciudadanos puedan llevar propaganda electoral a la hora de votar. «La utilización de camisetas que incorporen el lema ‘¡Que te vote Txapote!’ debe entenderse incluida en la prohibición establecida en el artículo 93», señalaba, a pesar de que el lema no corresponde a la propaganda de ningún partido político.