Economía

Todas las preguntas que no pueden hacerte en una entrevista de trabajo

Por norma general, cada vez que una persona tiene una entrevista de trabajo se prepara una serie de preguntas para ser el seleccionado: cuáles son tus virtudes, tus defectos, dónde has trabajado anteriormente, por qué quieres formar parte de la compañía, qué podrías aportar al puesto de trabajo o qué destacarías de ti. Sin embargo, durante el proceso de selección, al entrevistador a veces le surgen preguntas personales e íntimas que no pueden ser determinantes para la contratación por motivos discriminatorios, según recoge la ley.

Alejándose del artículo 14 de la Constitución y del artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores -que recogen que todos los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación- en las entrevistas se plantean cuestiones muy alejadas del puesto de trabajo tales como: la ideología, la creencia en una religión, el estado civil, la nacionalidad, la condición sexual o en el caso de la mujer, si está embarazada o no.

Esto es lo que les sucedió a las aspirantes a formar parte de la plantilla de Iberia, aunque no se lo preguntaron directamente. Pero, entre las pruebas del proceso de selección, se exigía a las candidatas una prueba de embarazo para demostrarlo -ni siquiera tienen obligación por ley de comunicarloaunque las mujeres a la empresa-. Por ello, Iberia tendrá que hacer frente a un multa de 25.000€ por haber cometido una infracción muy grave -según la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social- vinculada a una discriminación por sexo y a una vulneración del derecho a la igualdad. La aerolínea ya ha rectificado y asegura que ya no solicitará esta prueba a las mujeres.

Las preguntas que violan tu intimidad y que no pueden hacerte en una entrevista

El embarazo es la punta del iceberg. Pero decenas de entrevistados han tenido que hacer frente a multitud de ejemplos de preguntas que violan la intimidad de las personas. «Son preguntas hostiles para una entrevista de trabajo y por lo tanto no se pueden realizar en un proceso de selección en cuanto discriminatorias», apunta Marta García, abogada experta en materia de igualdad.

La ley de, recoge en el artículo 16 que es una infracción muy grave en materia laboral -y que por tanto, llevará aparejada una sanción- «solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación sexual, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado».

Por ello, has de tener en cuenta que ningún seleccionador puede preguntarte sobre: