El Supremo avala la sociedad mixta de Agbar y el Área Metropolitana de Barcelona
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la sociedad mixta Aigües de Barcelona constituida en 2012 por Agbar y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), y tumba la anulación emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
La Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal ha estimado los recursos contra el fallo del TSJC, que decidió invalidar esa sociedad en marzo de 2016.
El tribunal ha tomado una decisión sobre la validez del proceso de constitución de la empresa mixta metropolitana que se encarga de la gestión del ciclo integral del agua en Barcelona y 23 municipios más, que está controlada en un 70% por Agbar, en un 15% por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y en otro 15% por Criteria Caixa.
En un comunicado Agbar destaca que «Aigües de Barcelona seguirá prestando el servicio de abastecimiento de agua potable, así como el del saneamiento y depuración, aportados por el Área Metropolitana en el momento de crear la empresa mixta, con las máximas garantías de continuidad, calidad y excelencia como se ha venido haciendo hasta ahora».
Asimismo, señala que «el Tribunal Supremo ratifica la posición de AGBAR y del AMB en la gestión del ciclo integral del agua entendiendo que los acuerdos adoptados en 2012 y 2013 por la entidad metropolitana son completamente legales, eficaces y conformes a derecho».
Agbar ve ratificados «íntegramente» sus argumentos en defensa de la constitución de la empresa público-privada, con la desestimación de los recursos interpuestos contra la creación de la empresa mixta Aigües de Barcelona.
Según la empresa, la sentencia confirma que AGBAR es la única empresa capaz de desarrollar este servicio a tres millones de ciudadanos de Barcelona y su área metropolitana. «Ninguna otra compañía dispone de la titularidad de las infraestructuras e instalaciones imprescindibles para desarrollar este servicio, construidas y financiadas por AGBAR», apunta el comunicado.
La sentencia ratifica la valoración de los activos de AGBAR, por un valor 476 millones de euros, realizada durante la constitución de la empresa mixta y avalada en su momento por los expertos designados por el Registro Mercantil. Asimismo, el Tribunal Supremo sentencia que AGBAR dispone de los títulos jurídicos válidos y plenos para realizar el suministro domiciliario y por ello es correcta la valoración económica de la aportación realizada en la constitución de la empresa mixta.
Es decir, la resolución judicial avala que Aigües de Barcelona sea la gestora del ciclo integral del agua hasta el año 2047, en el territorio del área metropolitana de Barcelona. Además, AGBAR celebra que el futuro de los 1.154 empleados con que cuenta la empresa mixta Aigües de Barcelona queda garantizado con esta resolución judicial.
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