El SEPE lo confirma: la nueva ayuda para mujeres mayores de 52 años si cumple este requisito
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Quedarse sin trabajo es algo que preocupa a todo aquel que lo sufre, especialmente cuando se llega a cierta edad, dado que las oportunidades laborales se reducen bastante. La situación puede complicarse todavía más en el caso de haberse dedicado toda una vida a un trabajo mal remunerado o no reconocido, tal y como es el caso de miles de mujeres que han trabajado como empleadas del hogar. Por este motivo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) informa de que existe una ayuda para mayores de 52 años que ahora también podrán recibir muchas mujeres que hasta hace poco quedaban excluidas.
No se trata sin embargo, de una ayuda que sea nueva pero sí que se ha convertido ahora en algo más accesible, dado que se ha realizado un cambio de criterio hacia las empleadas del hogar. Hasta ahora, muchas de ellas no podían cumplir uno de los requisitos clave para acceder al subsidio: haber cotizado un mínimo de seis años por desempleo. Una barrera que, aunque parecía técnica, en realidad era profundamente social y estructural. Pero ahora, el reciente reconocimiento por parte del Tribunal Superior de Justicia de Navarra marca un antes y un después. No sólo da la razón a una empleada del hogar que luchaba por sus derechos, sino que abre la puerta a que miles de mujeres mayores de 52 años puedan por fin solicitar un subsidio que hasta ahora parecía inalcanzable para ellas. Vamos a desgranar qué implica este cambio, quién puede acceder y qué requisitos siguen siendo indispensables para solicitar esta ayuda del SEPE.
La ayuda del SEPE para mujeres mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica del SEPE que se concede a personas desempleadas que ya han agotado la prestación contributiva y no tienen medios suficientes para subsistir. Su finalidad es acompañar económicamente a quienes, por edad y trayectoria, se encuentran en una especie de limbo laboral, ya que son demasiado jóvenes para jubilarse, pero a la vez, tienen muy pocas posibilidades de reinsertarse en el mercado laboral.
La ayuda puede prolongarse hasta que la persona beneficiaria cumpla la edad legal de jubilación, siempre que siga cumpliendo los requisitos. La cuantía mensual es equivalente al 80% del IPREM, lo que actualmente equivale a unos 480 euros mensuales. No es una gran cantidad, pero para muchos representa un respiro económico mientras se acerca el momento de la jubilación.
El problema es que este subsidio exigía, hasta hace poco, que la persona hubiera cotizado al menos seis años por desempleo. Y ahí es donde muchas mujeres, especialmente las trabajadoras del hogar, se encontraban con un muro infranqueable.
La sentencia que lo cambia todo
El punto de inflexión llega con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que ha resuelto a favor de una mujer que trabajó como empleada del hogar durante años. Aunque su cotización se había realizado en un régimen especial que no incluía aportaciones por desempleo, el Tribunal ha considerado que esos años también deben contabilizarse a efectos del subsidio.
La clave está en lo que se considera discriminación indirecta. Es decir, aunque la ley no excluye expresamente a las trabajadoras del hogar, el hecho de no computar sus años de trabajo por estar en un régimen distinto termina dejando fuera a la mayoría de mujeres que han ejercido esa profesión. Y eso, según la sentencia, vulnera el principio de igualdad.
Además, el Tribunal avala que se reconozcan como cotizados los periodos anteriores al Real Decreto-ley 16/2022, que fue el que permitió a este colectivo cotizar por desempleo de forma generalizada a partir del 1 de octubre de ese año. Hasta entonces, aunque trabajaran, sus cotizaciones no contaban para este subsidio. Esto suponía que, incluso comenzando a cotizar en 2022, no podrían acceder al subsidio hasta 2028 como mínimo.
Ahora, con esta sentencia, se abre un nuevo escenario: muchas mujeres podrán solicitar la ayuda antes de ese plazo si pueden demostrar años de trabajo como empleadas del hogar, aunque en su día no cotizaran por desempleo.
Requisitos generales para acceder al subsidio
A pesar de este cambio favorable, no basta con haber sido empleada del hogar para recibir la ayuda. Hay una serie de requisitos que siguen siendo necesarios, y conviene repasarlos con detalle para evitar errores o falsas expectativas:
- Tener 52 años o más en el momento de solicitar la ayuda, o cumplirlos después de haber agotado la prestación contributiva y mantenerse inscrita como demandante de empleo.
- Estar en situación legal de desempleo, lo que implica haber trabajado y perdido el empleo de forma involuntaria.
- Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, con al menos dos de esos años dentro de los últimos quince. Esto se exige porque el subsidio está vinculado al derecho futuro a una pensión contributiva.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de seis años durante la vida laboral, aunque ahora también se consideran los años trabajados como empleada del hogar antes del cambio legal de 2022, gracias al fallo judicial.
- No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto se refiere a ingresos propios, excluyendo las pagas extras, y actualmente ese umbral se sitúa en torno a los 875 euros mensuales.
Mantenerse inscrita como demandante de empleo de manera ininterrumpida y suscribir el compromiso de actividad, lo cual implica estar disponible para acciones de formación o búsqueda de empleo.
Es fundamental recordar que el SEPE revisa periódicamente que se sigan cumpliendo estos requisitos. En caso contrario, la ayuda puede ser suspendida o cancelada.
¿Qué deben hacer ahora las mujeres para pedir esta ayuda?
Para quienes ya han agotado la prestación por desempleo, tienen 52 años o más, y han trabajado como empleadas del hogar o amas de casa, el primer paso es solicitar una cita en el SEPE y exponer su caso con todos los documentos posibles: contratos, vida laboral, certificados de cotización y, si es necesario, documentación que acredite los periodos trabajados antes de 2022.
Aunque la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra no cambia la ley como tal, sienta jurisprudencia, lo que significa que otros tribunales podrían fallar en el mismo sentido en casos similares. Por eso es importante acudir con asesoramiento legal o, al menos, con una buena preparación documental, especialmente si se ha trabajado en el Régimen Especial de Empleadas del Hogar.