El registro horario obligatorio cumple medio año: ocho claves para fichar en el trabajo
Este martes se cumplen seis meses desde que entró en vigor la ley de Control Horario de la jornada laboral. Media año después, muchas empresas (sobre todo las pequeñas) siguen sin aplicar la medida por falta de medios, herramientas o información. Las empresas que lo hacen, utilizan aplicaciones móviles, sistemas informáticos o incluso un simple bolígrafo y una hoja de papel par registrar las jornadas de sus trabajadores. En medio de tanto descontrol, desde Time@Work, ha elaborado una Guía Práctica para aclarar todas las dudas de una medida que nació para luchar contra la precariedad laboral.
- La normativa es para todos. La Ley de registro horario de la jornada laboral, el Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, es de obligado cumplimiento para todas las empresas. La norma se aplica a la totalidad de trabajadores, al margen de su categoría o grupo profesional, a todos los sectores de actividad y a todas las empresas, cualquiera que sea su tamaño u organización del trabajo.
- Inventariar y analizar los puestos de trabajo. Conocer bien, analizar y hacer una lista de todos los perfiles de puestos de trabajo existentes en la empresa para decidir cómo deben registrar el horario y para poder escoger las herramientas adecuadas.
- Es Imprescindible establecer un acuerdo de empresa para organizar y documentar el registro de jornada. Ese pacto se logrará mediante negociación colectiva o, si no es posible, por decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa. El documento consensuado establecerá qué actividades hay que registrar y cuáles no, cómo deben contabilizarse las horas extras.
- Buscar la herramienta de registro adecuada. Es importante elegir un proveedor tecnológico sólido y flexible, con experiencia y conocimiento del mercado. La herramienta seleccionada debe ser lo más completa (que incluya gestión de pausas o vacaciones), versátil (manual o automática), sencilla de usar e implementar, adaptable a las distintas situaciones laborales y tipos de trabajadores (teletrabajo, horarios flexibles, personal que desarrolla su jornada en la sede de clientes, etc.) y utilizable desde diversos dispositivos como ordenadores o teléfonos móviles.
- Comunicar y difundir a los empleados. Explicar de manera detallada en qué consiste la aplicación de la norma contribuirá a la aceptación de la misma. Hacer accesible y exponer públicamente tanto el texto de la ley de registro horario como el acuerdo pactado que recoge las obligaciones de cada empleado.
- Instruir lo antes posible en la utilización de la herramienta de registro escogida tanto a empleados como a directivos para evitar errores de registro. Cuanto más sencilla y automatizada sea la herramienta, menor incidencia de errores y resistencia provocará en la plantilla.
- Revisar continuamente los datos obtenidos del sistema de registro. Controlar su correcto funcionamiento y subsanar posibles fallos. Se evitarán así resultados indeseados o diferencias de registros.
- Utilizar los datos y convertirlos en oportunidades para realizar cambios y mejoras en la empresa y en cada puesto de trabajo. El registro horario puede desvelar realidades que antes permanecían ocultas y sobre las que ahora se podrá actuar en beneficio de todos.
Todas la empresas que no registren la jornada laboral de sus trabajadores podrán exponerse a sanciones que oscilan entre los 60 y 180.000 euros. Hasta el momento, la Inspección de Trabajo ha multado con 1,26 millones a empresas que no cumplían con la medida.
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