Podrías pedir el paro sin haber cotizado en España: estos son los requisitos del SEPE
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En enero de 2024, el número de desempleados registrados en España alcanzó los 2.767.860, lo que representa un aumento del 2,23% respecto al mes anterior, según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social. En este contexto, el SEPE ofrece información detallada obre los diferentes escenarios que pueden surgir al solicitar la prestación por desempleo.
Entre ellos se encuentra el caso de personas que han trabajado en el extranjero y regresan a España. A nivel europeo, la UE garantiza una seguridad social común que permite trasladar los días de trabajo en otros países al sistema del país de origen del trabajador. Aquí te explicamos cómo realizar este trámite y los requisitos exigidos por el SEPE.
Cobrar el paro sin cotizar en España
El SEPE explica que si has trabajado en un país perteneciente a la Unión Europea (UE), al Espacio Económico Europeo (EEE) o en Suiza, puedes utilizar los periodos cotizados para acceder a prestaciones por desempleo en otros países de este ámbito. Esto significa que, además de las cotizaciones realizadas en España, se tendrán en cuenta las cotizaciones efectuadas en esos países.
Además, el SEPE aclara que esta excepción también se aplica a personas que no sean ciudadanos de la UE. Estas personas pueden utilizar los periodos cotizados en países de la UE/EEE y Suiza (a excepción de Dinamarca, Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein) para solicitar prestaciones por desempleo, siempre que tengan derecho a residir y trabajar legalmente en el país miembro donde soliciten las prestaciones.
En cuanto a la documentación necesaria sobre los periodos cotizados, el SEPE indica que no es necesario que el solicitante presente los documentos físicamente, ya que se puede realizar el trámite de forma telemática entre ambas instituciones.
En otras palabras, la institución encargada de tramitar la solicitud de prestaciones por desempleo solicitará la información necesaria a través del intercambio electrónico de datos (EESSI) con la institución competente del país donde se realizaron las cotizaciones.
Subsidio por desempleo
Por otro lado, si has trabajado menos de un año, es posible que tengas derecho a recibir un subsidio por desempleo.
Requisitos
Para tener derecho al subsidio por desempleo, es necesario cumplir con una serie de requisitos.
En primer lugar, es fundamental estar desempleado y en situación legal de desempleo, así como estar inscrito como demandante de empleo durante todo el período de percepción del subsidio y suscribir el acuerdo de actividad.
Para tener derecho al subsidio por desempleo, es necesario haber cotizado al menos tres meses si se tienen responsabilidades familiares, o al menos seis meses si no se tienen, sin superar los 360 días cotizados.
También es necesario no percibir rentas que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Se consideran las rentas íntegras o brutas, y se toma en cuenta el rendimiento de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, así como las ganancias patrimoniales.
Si no se cumplen los requisitos de carencia de rentas o de responsabilidades familiares, se puede obtener el subsidio si se demuestra que se cumplen dentro de un año desde el hecho causante, sin que su duración se vea afectada.
Es importante tener en cuenta que si se interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar durante un periodo inferior a 360 días, se debe solicitar la reanudación de dicha prestación. Si se interrumpió un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses, se debe solicitar su reanudación. Sin embargo, si no es la primera vez que se suspende, y se tienen varios periodos trabajados que suman 360 días o más, se debe solicitar una nueva prestación contributiva por desempleo.
Duración y cuantía
La duración del subsidio por desempleo varía según el número de meses cotizados y si se tienen responsabilidades familiares.
En caso de tener responsabilidades familiares, la duración del subsidio varía según el periodo de cotización. Puede durar de 3 a 5 meses si se ha cotizado entre 3 y 5 meses respectivamente, o 21 meses si se ha cotizado 6 meses o más, con la opción de prorrogarlo por períodos de 6 meses hasta alcanzar su duración total.
Por otro lado, si no se tienen responsabilidades familiares, el subsidio tendrá una duración de 6 meses si se ha cotizado durante 6 meses o más.
Cabe destacar que las cotizaciones utilizadas para aprobar este subsidio no podrán ser tomadas en cuenta en una situación de desempleo posterior para acceder a una nueva prestación de nivel contributivo o asistencial. En cuanto a la cuantía mensual del subsidio por desempleo, esta equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Durante la percepción del subsidio, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) realizará los ingresos correspondientes a las cotizaciones a la Seguridad Social por las prestaciones de asistencia sanitaria y, si procede, protección a la familia. El subsidio se abonará en pagos mensuales de 30 días, efectuados entre los días 10 y 15 del mes siguiente al periodo correspondiente.
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