Palo a Hacienda: te va a pagar intereses de demora si estás en ésta lista y es oficial
Hacienda pagará intereses de demora si paga la declaración de la renta con retraso
Hacienda está obligada a aplicar unos intereses de demora a los contribuyentes a los que no haya devuelto las cantidades pendientes en la campaña de la renta de 2025. De cara a este 2026, la Agencia Tributaria tendrá hasta el próximo 31 de diciembre para resolver las declaraciones de la renta con resultado ‘a devolver’. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre los intereses que aplica Hacienda en la campaña de la renta de 2026 que comienza en unas semanas.
Finaliza el mes de enero y ya se vislumbra en el horizonte la próxima campaña de la declaración de la renta, que se iniciará el miércoles 8 de abril de 2026. Hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes españoles que cumplan con los requisitos de ingresos tendrán la obligación de presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio en 2025. Durante estos meses se podrá hacer el ejercicio del IRPF a través de internet y, a partir del 6 de mayo, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración por teléfono (con solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio).
En el último mes de junio se abrirá el canal para que los ciudadanos que lo deseen puedan hacer la declaración de la renta en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, sacando cita previa a partir del 29 de mayo y hasta el 29 de junio. Tendrán que hacer el ejercicio del IRPF a través de cualquiera de estos canales los ciudadanos que superen los ingresos de 22.000 euros anuales, y el límite baja a los 15.876 euros para los trabajadores que tengan más de un pagador y el segundo de ellos supere los 1.500 euros. También tendrán que presentarla los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
Los intereses de demora de Hacienda
Una vez hecho el borrador de la declaración de la renta, el resultado será ‘a pagar’ o ‘a devolver’ en función de la contribución realizada a lo largo del año a Hacienda. Los contribuyentes que hayan pagado de más en el IRPF tendrán que recibir una devolución que la Agencia Tributaria tiene la obligación de hacer antes del 31 de diciembre del mismo año. En caso contrario, tendrá que abonar unos intereses que son del 4,0625%.
Así que si estás esperando una devolución de Hacienda correspondiente a la declaración de ingresos de 2024, estás de enhorabuena: la Agencia Tributaria tendrá que abonar la cantidad correspondiente con unos intereses del 4%. Esto también ocurrirá en la próxima campaña de la renta de 2026. Una vez resuelto y confirmado el borrado, desde el fisco tienen un plazo hasta el 31 de diciembre para abonar las cantidades correspondientes a los contribuyentes a los que el ejercicio les salga ‘a devolver’.
Al igual que Hacienda se autopenaliza con unos intereses por no llegar a tiempo a la devolución de las cantidades pendientes con los contribuyentes, la Agencia Tributaria también penalizará a los ciudadanos que no lleguen a tiempo u obvien hacer la declaración de la renta. Las multas serán diferentes en función de si el resultado sale ‘a pagar’ o ‘a devolver’.
Al contribuyente que se retrase en la presentación y presente la declaración de forma voluntaria con resultado ‘a pagar’ se le aplicará un recargo del 1% por cada mes de demora en la presentación del IRPF. A partir del primer año, el recargo subirá a un 15%. En caso de que la Agencia Tributaria sea la que notifique, no se aplicarán intereses, sino una multa que será de entre el 50% y el 150% de la cantidad.
Si la declaración es ‘a devolver’ y Hacienda es la que tiene que pagar al ciudadano, la multa por presentarla de forma tardía será de 100 euros y, si la Administración notifica, de 200 euros. Si Hacienda reclama una deuda de más de un año, también se aplicará el interés del 4,0625%, que se autoimpone la Agencia Tributaria.
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