OPINIÓN

Maricarmen da pena, pero vivir en Retiro por 500 € no es un derecho

maricarmen
Patricia Rodríguez

Me da pena Maricarmen. Mucha. Es desgarrador ver a una mujer de 87 años salir en camilla de la casa en la que ha vivido prácticamente toda su vida. Da pena imaginar que entró allí siendo casi una niña y que pensó que moriría entre esas mismas paredes, rodeada de los recuerdos de su familia. Pero la pena no da derechos.

Maricarmen no es una okupa. Nunca dejó de pagar. Trabajó durante 49 años como auxiliar administrativa y después se jubiló con su correspondiente pensión. Pagaba unos 500 euros al mes por un piso de 90 metros cuadrados en el Retiro.

Repito: 500 euros. 90 metros. Zona Retiro. Uno de los mejores y más caros barrios de Madrid.

La propiedad llegó a reclamarle 2.650 euros y posteriormente planteó una renta de unos 1.650. Ambas cantidades estaban por encima de su pensión y no podía pagarlas. Pero no poder pagar un piso en Retiro no significa no poder vivir en ningún otro sitio.

Ésa es la parte que parece que no se entiende, o no se quiere contar… La inmensa mayoría de los españoles vivimos donde podemos permitirnos vivir. Nos gustaría una casa más grande, un barrio mejor, estar frente al Retiro o tener una terraza de 40 metros. Pero hacemos números. Si no nos llega para una zona, buscamos otra. Si no podemos permitirnos determinados metros cuadrados, buscamos menos. Si Madrid capital, Barcelona o San Sebastián son imposibles, miramos a las afueras.

No es cruel. Es la vida. Y haber vivido 70 años en una casa no te convierte en su propietario. Maricarmen tenía todo el derecho del mundo a querer quedarse. ¿Quién no lo querría a los 87 años? Pero querer quedarse y tener derecho a quedarse son dos cosas completamente distintas.

Porque aquellos 500 euros no eran el precio de aquella vivienda. Eran consecuencia de un contrato de renta antigua firmado por su padre en 1956. Cuando murió su padre, el contrato pasó a su madre. Y cuando murió su madre, Maricarmen pretendió continuar con aquellas mismas condiciones.

Pero la ley puso un límite precisamente para evitar que alquileres extraordinariamente bajos fueran pasando de padres a hijos y de hijos a nietos eternamente. Los contratos de renta antigua no podían convertirse en una especie de herencia perpetua sobre una vivienda que seguía perteneciendo a otra persona. La Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 estableció límites a esas sucesivas subrogaciones.

Y, por cierto, ¿saben quién gobernaba cuando se aprobó aquella ley? Felipe González. Desde entonces han pasado más de treinta años.

Maricarmen acudió a los tribunales para defender que quería continuar en el piso. Pero el Tribunal Supremo acabó dando la razón a la propiedad: aquella segunda subrogación no podía prolongarse indefinidamente en las circunstancias de su caso.

Y aquí debería acabarse una parte de la discusión. Porque las sentencias también se cumplen cuando no nos gustan. Podemos sentir pena. Pero una sentencia no deja de existir porque la imagen de quien tiene que cumplirla nos conmueva. Tampoco es cierto que la única alternativa para Maricarmen fuera quedarse en aquel piso o dormir en la calle.

La Comunidad de Madrid le ofreció en dos ocasiones una plaza en una residencia pública. El Ayuntamiento ofreció un recurso habitacional inmediato y sus servicios sociales ya habían puesto anteriormente recursos de alojamiento a su disposición. Maricarmen rechazó la plaza de emergencia y finalmente optó por irse con familiares.

Pero volvemos al principio. Maricarmen quería esa casa. No cualquier casa. Y eso es perfectamente comprensible. Lo que no es, claramente, es un derecho.

Porque entonces tendremos que explicar al pensionista que cobra lo mismo y vive en Vallecas por qué él no tiene derecho a 90 metros en el Retiro por 500 euros. O al matrimonio que se ha marchado a las afueras porque no puede pagar en el centro de Barcelona. O a los jóvenes que comparten piso en Sevilla porque no les salen las cuentas.

Todos queremos vivir donde queremos. Casi todos vivimos donde podemos. Ésa es la diferencia.

Y después está lo del famoso fondo buitre.

La propietaria se llama Urbagestión Desarrollo e Inversión S.L. No es jurídicamente un fondo de inversión, sino una sociedad limitada. En 2023 recibió 6.000 euros del Kit Digital, concedidos por Red.es dentro del tramo destinado a empresas de entre tres y nueve trabajadores.

Es decir, la empresa que ahora aparece repetidamente retratada como fondo buitre fue beneficiaria pocos años antes de una ayuda pública dirigida a pequeñas empresas.

¿Significa eso que la empresa actuó bien en todo? Seguramente no. Pero una empresa no se convierte en un fondo buitre porque políticamente resulte más eficaz llamarla así.

Y quizá por eso conviene no meter todos los desahucios en el mismo saco. Hace sólo unos días conocíamos el caso de Olga, una mujer de 54 años de L’Hospitalet que acabó quitándose la vida cinco meses después de ser desahuciada. Tenía dos hijas, había perdido su empleo y vivía de alquiler social en una vivienda que acabó en manos de Promontoria Coliseum Real Estate. La noche anterior al lanzamiento se activó incluso el protocolo antisuicidio y su abogado pidió que se suspendiera. No se suspendió. Familiares y entidades sociales denuncian que no recibió una alternativa habitacional adecuada. Esto sí es una tragedia.

Ese caso y el de Maricarmen no son el mismo caso. Y precisamente por eso conviene contar los hechos antes de repartir etiquetas.

Maricarmen trabajó 49 años. Pagó siempre su alquiler. Y llevaba 70 años en la casa de su vida. Todo eso explica que su historia nos conmueva, pero no convierte un contrato de 1956 en eterno. No convierte 500 euros en el precio de un piso de 90 metros en el Retiro. Y no convierte el deseo perfectamente humano de seguir viviendo en una casa en el derecho a conservarla para siempre.

Compasión, toda. Pero las reglas son para todos.

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