La Ley de Startups de Sánchez: sin ambición y poco competitiva a nivel Europeo tras 3 años gestándose
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A principios del mes de julio, el Consejo de Ministros aprobó la nueva Ley de Startups, que incorpora una serie de medidas fiscales para favorecer la creación e implantación de este tipo de compañía. Un marco regulatorio que viene anticipándose desde 2018 y que ahora está siendo sometido a audiencia púbica. Sin embargo, muchas voces del sector afirman que es una ley necesaria, pero sin ambición y poco competitiva en comparación con otros países europeos.
La norma recoge una reducción para las startups el tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en el primer periodo. Una propuesta que se queda en papel mojado dado que muchas startups empiezan con pérdidas y por tanto no están gravadas con ese impuesto. Además solo se aplicará durante los cinco primeros años tras su constitución como startup.
Para fomentar el impulso a la inversión en el ecosistema emprendedor de España, se eleva de 60.000 a 100.000 euros anuales la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. También se mejora la tributación de los derechos u opciones sobre acciones o participaciones sociales para empleados, las conocidas como stock options, al elevar de los 12.000 a los 45.000 euros el mínimo exento anual para las empresas que sean certificadas como emergentes.
Igualmente, se hace una regulación general y básica sobre los entornos de prueba regulados basados en la reciente experiencia exitosa del sandbox del sector financiero. De esta forma se promoverá la creación de entornos controlados, por períodos limitados de tiempo, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad productiva.
Agustín Baeza, director de asuntos públicos de la Asociación Española de Startups (AES), ha señalado que aún queda margen para la mejora, al tiempo que echa en falta ‘más ambición’. Sin embargo, matiza que algunas de estas medidas “no son todo lo ambiciosas que nos gustaría” por lo que muestra su convencimiento “de que existe un amplio margen de mejora en las prioridades que están hace tiempo consensuadas en el ecosistema”.
También “se echan en falta medidas importantes, en materia de seguridad social, en materia fiscal y en una comprensión más certera de cómo funciona una startup y sus necesidades para eliminar barreras o no poner otras nuevas”.
La Ley de Startups sometida a audiencia se dirige a todas las empresas o emprendedores de nueva creación y grupos de empresas «emergentes», con sede social o establecimiento permanente en España, que no hayan distribuido dividendos, no cotizadas y de carácter innovador.
Este anteproyecto busca también favorecer la colaboración entre pymes, grandes compañías y empresas emergentes, impulsar la I+D+i, también en la Administración mediante compra pública innovadora, y fomentar la colaboración de las empresas emergentes y los emprendedores con las universidades y centros de investigación.
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