La Junta Fiscal no entiende que Bruselas perdone a España el déficit excesivo: «No respeta la legislación»
La Junta Fiscal Europea ha cuestionado este miércoles la decisión de la Comisión Europea de perdonar a España el procedimiento de déficit excesivo -el primer paso para un expediente sancionador- pese a haber cerrado el ejercicio de 2023 con un 3,6%, seis décimas por encima del umbral del 3% del PIB que se ha reactivado con las nuevas reglas fiscales tras cuatro años congeladas por la pandemia.
«Este elemento de juicio añade un nuevo elemento de discrecionalidad que no figura en las disposiciones legales pertinentes», señala el informe anual del organismo fiscal independiente de la UE, presentado en Bruselas, respecto al caso de España.
En un contexto en el que Bruselas evalúa el déficit de varios países europeos, la Comisión Europea justificó su decisión de no abrir un expediente a España basándose en las previsiones económicas del propio Gobierno español y de la Comisión.
Estas proyecciones indican que el déficit español se reducirá hasta el umbral del 3% en 2024, por lo que consideraron el incumplimiento actual como «temporal». Sin embargo, Niels Thygesen, presidente de la Junta Fiscal Europea, ha criticado esta decisión, argumentando que los procedimientos por déficit excesivo deben basarse en datos confirmados y no en proyecciones futuras. Según Thygesen, el déficit del 3,6% registrado en España es un dato sólido y la decisión de Bruselas de no sancionar al país «no se ajusta estrictamente a las normas vigentes».
Además, el informe señala que la Comisión ha sido inconsistente en su tratamiento del déficit entre diferentes países. En junio de 2024, Bruselas abrió procedimientos por déficit excesivo para países como Bélgica, Francia, Italia, Hungría, Malta, Polonia y Eslovaquia, a quienes se les exigirá un ajuste anual del 0,5% del PIB, planteando así problemas de coherencia en la aplicación de las medidas correctivas.
Sin embargo, España se libró del expediente pese a tener un déficit del 3,6% del PIB en 2023, muy por encima del umbral del 3% del PIB que exigen las reglas fiscales. La Junta Fiscal Europea recuerda que la Comisión «declaró explícitamente que no se cumplía la doble condición para considerar factores pertinentes», una situación que, en casos similares en el pasado, conllevó «sistemáticamente una propuesta de decisión del Consejo para establecer la existencia de un déficit excesivo».
«Esta vez, sin embargo, la Comisión se apartó de esta práctica establecida, que está respaldada por la legislación de la UE, argumentando que un procedimiento de déficit excesivo no tendría, en esta fase, un propósito útil», matiza el informe.
A juicio de la Junta Fiscal Europea, «este elemento de juicio añade un nuevo elemento de discrecionalidad que no figura en las disposiciones legales pertinentes» y añade que «aunque formalmente se ajusta a las disposiciones de las reglas fiscales comunitarias, esta estrategia nominal socava el objetivo de crear colchones fiscales durante las épocas de bonanza»
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