Hacienda perdonará por vez primera deudas en la nueva Ley Concursal, pero solo de 10.000 €
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Por vez primera Hacienda, también la Seguridad Social, perdonarán deudas de acreedores en procesos concursales. Pero sólo serán de 10.000 euros. «Es ridículo», comentan expertos en la materia consultados.
El Congreso de los Diputados debate y vota hoy el proyecto de Ley de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, para la transposición de la Directiva del Parlamento Europeo de junio de 2019. A continuación, el proyecto seguirá su tramitación en el Senado. La moratoria concursal, que expira este mismo día 30 de junio, incluye dos meses de plazo de carencia.
La nueva Ley Concursal contiene una novedosa precisión sobre las salvedades en las que se exoneran pasivos, de acuerdo al dictamen que ha elaborado sobre la misma la Comisión de Justicia, al que ha accedido OKDIARIO. Las fuentes consultadas advierten que el texto actual podría variar dependiendo de enmiendas y otros trámites.
Hasta ahora, Hacienda no ha tenido piedad en concurso de acreedores alguno. Se han dado numerosos casos en los que la viabilidad de la empresa concursada dependía de que el fisco accediera a negociar una quita sobre la deuda, al igual que los acreedores financieros, sin que esto fuera posible y todo terminara en liquidación.
Las deudas por créditos de Derecho público no son exonerables, como tampoco lo son las deudas por responsabilidad civil derivada de delito, por alimentos, multas, gastos judiciales, o por determinados salarios.
«No obstante», dice el nuevo texto normativo que hoy se vota en el Congreso, «las deudas para cuya gestión recaudatoria resulte competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse hasta el importe de diez mil euros por deudor».
Para los primeros cinco mil euros de deuda «la exoneración será íntegra, y a partir de esta cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado».
Asimismo, las deudas por créditos en Seguridad Social «podrán exonerarse por el mismo importe y en las mismas condiciones». El importe exonerado se aplicará «en orden inverso al de prelación legalmente establecido en esta ley y, dentro de cada clase, en función de su antigüedad».
Administradores concursales y expertos en la materia consultados por este periódico consideran que, aun siendo la primera vez que Hacienda da su brazo a torcer en este ámbito, la exoneración de 10.000 euros «es ridícula».
«En otros países de nuestro entorno, Hacienda es un acreedor más, no tiene los privilegios que tiene en España», subrayan. «Es una medida ridícula, y en la tramitación del texto se llegó a recomendar que la cantidad perdonada ¡fuera solo de 1.000 euros!», lamentan.
La exoneración de 10.000 euros «está pensada para casos de micro micro empresas, micro autónomos», comentan. «Tampoco es muy motivadora», dicen.
La nueva Ley también incluye, en los procedimientos especiales para microempresas, en el apartado sobre el proceso de elaboración y aprobación de un plan de continuación de la actividad, que, en el caso de que el acreedor sea la Agencia Estatal de Administración Tributaria «se entenderá que ha votado a favor del plan de continuación que contenga una quita no superior al quince por ciento del importe de sus créditos ordinarios», salvo que se indique lo contrario de conformidad con lo previsto en la Ley General Presupuestaria.
Además, contempla que las deudas tributarias para cuya gestión recaudatoria resulte competente la AEAT, que se encuentren en período voluntario o ejecutivo «podrán aplazarse o fraccionarse previa solicitud del obligado tributario», cuando la situación financiera del acreedor le impida efectuar los pagos en los plazos establecidos.
Los expertos en materia concursal consultados advierten especialmente sobre el momento escogido para aprobar la nueva ley. «Viene un boom de concursos, vamos a ver situaciones parecidas a las de 2009, juzgados atascados y cascada de quiebras», señalan. «Y no va a existir jurisprudencia concursal, vamos a ir a ciegas», critican. «Una ley concursal con 800 artículos no tiene sentido», añaden.
La misma Comisión de Justicia que ha examinado el proyecto de la nueva Ley Concursal admite en el preámbulo de su dictamen la previsión de que se dispare el número de concursos de acreedores.
Los cambios normativos, dice la comisión, devienen «más esenciales todavía como herramientas para afrontar la actual situación empresarial derivada de la pandemia (…)». A pesar de las «importantes ayudas» aprobadas, «la supervivencia financiera de un importante número de empresas españolas requerirá pasar por un proceso de reestructuración, y en caso de no ser factible, de una liquidación eficiente».
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