IRPF

Hacienda avisa: el cambio que te llegará en el IRPF si cumples este requisito

Este viernes 30 de junio finaliza el plazo de presentación del IRPF y Patrimonio
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Blanca Espada

Tener un piso en propiedad y venderlo implica que luego rindamos cuentas con Hacienda. Entre otros pagos, está el del IRPF aunque debes tener en cuenta algunos factores ya que no todo el mundo tendrá que abonar este impuesto a la Agencia Tributaria. Descubramos más sobre el cambio que Hacienda avisa para el IRPF si cumples este requisito.

Cómo te cambiará el IRPF si cumples este requisito

En el caso de que hayas vendido tu vivienda habitual y hayas utilizado el dinero obtenido para comprar otra vivienda habitual es posible que te beneficies del cambio en el IRPF para la declaración de la renta ya que estarás libre de pagar dicho impuesto.

Eso sí, para no tener que pagar el IRPF de la vivienda debes cumplir una serie de requisitos que son:

  • Como ya hemos señalado, debe tratarse de la vivienda habitual. En concreto, debes haber vivido en ella durante al menos tres años y de forma continua. En el caso de que no cumplas este requisito pero el cambio tiene una causa justificada te puedes acoger también a este beneficio fiscal.
  • La nueva vivienda debe ser también la habitual y debes habitarla de manera efectiva en un plazo de 12 meses de que la compraste o desde que acabaran las obras.
  • Por otro lado, el plazo para hacer la reinversión es de dos años tanto antes como después a la venta.
  • Para considerar la reinversión como total, tienes que destinar todo el dinero de la venta (teniendo en cuenta los gastos) a la compra de la nueva vivienda. En el caso de que tengas un sobrante, te puedes acoger a la exención de manera parcial.

Mayores de 65 años están exentos

Los personas mayores de 65 años no deben pagar IRPF por haber vendida su vivienda habitual, sin importar si utilizan el dinero para comprar o no una nueva residencia. En cambio, en el caso de que se trate de una segunda residencia, sí que van a tener que tributar por ella, aunque pueden ahorrarse el impuesto si el dinero obtenido se dedica a  una renta vitalicia con estos requisitos:

  • Plazo. La renta vitalicia debe contratarse en un plazo de 6 meses desde que se vende la vivienda.
  • Cantidad. La cantidad máxima que se puede reinvertir sin tener que tributar es de de 240.000 euros.
  • Frecuencia. La renta vitalicia, tendrá que tener una frecuencia inferior o igual a un año y tendrá que comenzar a cobrarse en el plazo de un año desde que se constituye.
  • Comunicación. Tendrás que comunicar al banco que el dinero proviene de la venta de una vivienda y que vas a acogerte a la exención.

Exención por tener el piso en dación de pago

Y en el caso de no haber podido hacer frente a la hipoteca y haber tenido que dar tu vivienda en una dación de pago, puedes acogerte también a esta  exención de pago del IRPF, pero se necesita que no tengas ningún otra propiedad cuyo valor sea suficiente para pagar la totalidad de la deuda.

De este modo, para saber si has tenido una ganancia o una pérdida de patrimonio, se tiene que usar la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda cedida y el valor de transmisión de esta que se corresponde con el valor de la deuda que se extingue con la dación.

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