Giro inesperado en Hacienda: estos españoles se van a llevar una sorpresa
Hacienda tiene capacidad de aplazar las deudas que tengan los trabajadores autónomos
El 2025 ha llegado con cambios para los más de 3 millones de personas adscritas al Régimen General de los Trabajadores Autónomos. Desde el 1 de enero han entrado en vigor unas nuevas cuotas en función de los ingresos obtenidos y también un mayor control de todos los movimientos por parte de la Agencia Tributaria. Los autónomos españoles también tendrán la posibilidad de aplazar las deudas que tengan con el fisco, con el objetivo de tener facilidad para hacer frente a los pagos.
Los autónomos españoles tendrán más dificultades en este 2025, después de aprobarse una nueva escala de cuotas que va en función de los ingresos mensuales. Así que los trabajadores del RETA que ingresen más de 1.700 euros al mes tendrán que pagar entre 272 y 970 euros si cotizan por la base mínima. De esta manera, los tramos que estén por debajo de 1.700 pagarán una cuota más baja. Este nuevo sistema de cotización por ingresos reales ha provocado una gran animadversión por el grueso de los trabajadores autónomos.
Esto se une al mayor control anunciado desde Hacienda para los alrededor de 3,3 millones de trabajadores autónomos que hay en España. Desde este 1 de enero, se pondrá el foco en todos los movimientos de dinero que realicen estos trabajadores y la reclamación de informes sobre ingresos y gastos será mensual y no anual como se ha hecho hasta la fecha. Así que los bancos tendrán que poner en conocimiento de la AEAT todos los envíos y recepciones de dinero que se realicen a través de la cuenta bancaria, tarjeta de crédito, débito e incluso a través de la aplicación Bizum. Todo con el objetivo de acabar con el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.
Hacienda y los autónomos
Hacienda estará más encima de los autónomos, pero también aplazará las dedudas relativas a los impuestos con el objetivo de que estos trabajadores tengan mayor margen a la hora de poder sacar adelante sus cuentas mensuales. Desde el pasado 15 de abril de 2023, los trabajadores por cuenta propia y las pequeñas y medianas empresas en España pueden aplazar deudas siempre y cuando no superen los 50.000 sin la necesidad de presentar aval o cualquier garantía.
Gracias a esta medida, que hace año y medio se amplió de 30.000 a 50.000 euros, los trabajadores autónomos podrán disfrutar de un aplazamiento del IVA e IRPF a 12 meses siempre que cumplan con una serie de requisitos. Esta petición de aplazamiento se tendrá que realizar a través del modelo 303, que tiene que ver con la declaración trimestral del IVA, y el 130, que es la declaración trimestral del IRPF para los autónomos que tributan en el régimen de estimación directa simplificada. Para ello, habrá que seleccionar la pestaña «Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento» a la hora de hacer la declaración en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Según especifica el portal especializado infoautónomos, los documentos que habrá que presentar para poder llevar a cabo un aplazamiento de deudas de hasta 50.000 euros siempre que tengan que ver con impuestos o IVA son los siguientes:
- Datos de identificación: Nombre, apellidos, NIF y demás documentos.
- El importe de la deuda: No podrá superar los 50.000 euros.
- Número de cuenta bancaria.
- Propuesta del pago a plazos para saldar la deuda.
Una vez completada la solicitud con el certificado digital a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o en cualquier oficina con cita previa, desde la Administración estudiarán el caso, que puede ser tumbado en caso de tener deudas previas con cualquier organismo estatal.
Hacienda y la declaración de la renta
Hacienda también permitirá a los autónomos aplazar las deudas en lo que tiene que ver con la declaración de la renta. En caso de que el ejercicio correspondiente al IRPF de 2024 salga a pagar para un trabajador del RETA, como cualquier otro ciudadano, tendrá la opción de fraccionarlo en dos ocasiones, pagando la primera vez un 60% y después un 40%. Esto es una práctica que siguen muchos contribuyentes durante el año.
En lo que se refiere a deudas superiores a 50.000 euros, los autónomos que soliciten un aplazamiento sí que tendrán que presentar un aval y un calendario de pagos, que correrán con intereses. En la relación entre Hacienda y los autónomos hay deudas que no se podrán aplazar, como son las que tienen que ver con las retenciones o ingresos a cuenta, los pagos fraccionados del impuesto de sucesiones o la ejecución de resoluciones firmes.
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