Estos son los cambios que va a sufrir la baja laboral a partir del 1 de abril
Cuando un trabajador por cuenta ajena está de baja, lo habitual es acudir al médico de cabecera a recoger los papeles que acreditan su incapacidad temporal, así ha sido siempre, pero lo cierto es que es algo que tiene los días contados ya que se van a dar cambios muy importantes en este sentido. Te contamos los cambios en la baja laboral que se van a aplicar a partir del próximo 1 de abril y que resulta de gran importancia conocer los detalles, especialmente si crees que vas a estar de baja por esa fecha.
Cambios en la baja laboral a partir del 1 de abril
El último Consejo de Ministros que se celebró en 2022 incluía varios cambios en la baja laboral de los trabajadores, novedades ya publicadas en el BOE a comienzos de este 2023 y cuyo gran cambio es que los trabajadores por cuenta ajena que estén de baja laboral ya no estarán obligados a presentar el parte médico en su empresa. Tal y como consta en el Real Decreto, con este cambio «se evitan a la persona trabajadora obligaciones burocráticas que, precisamente por estar en incapacidad temporal, pueden resultarle más gravosas. Algo que en situaciones como la de la pandemia derivada del COVID-19 se ha puesto especialmente en evidencia».
Así pues, a partir del 1 de abril ya no habrá que ir a buscar la baja al médico de cabecera para entregarla en la empresa. En su lugar, será de forma directa la Administración la que comunique a la empresa telemáticamente, e incluso si el médico considera que la baja será breve, emitirá en el momento tanto el parte de baja como el de alta. De igual manera, el trabajador podrá solicitar que se le realice un reconocimiento médico el día fijado como fecha de alta, por si fuera necesario modificar la duración de la baja.
La Seguridad Social asegura que esta medida se toma “con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud”.
En el caso de los trabajadores que están actualmente de baja, deberán seguir recogiendo los partes que le toquen hasta que llegue la fecha del 1 de abril, ya que a partir de ese día la comunicación será directa entre empresa y Administración, por lo que no será necesario seguir yendo a buscarla.
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