Declaración de la Renta 2021: ¿Cómo deben tributar los autónomos que hayan percibido ayudas por el covid?
El próximo mes de abril se inicia la campaña de la Renta 2020 y la fecha límite para presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2020 es el 30 de junio. En el caso de presentarla de forma telemática la campaña comienza el 7 de abril y las citas telefónicas se inician el 6 de mayo. Para hacerlo de forma presencial habrá que esperar has el próximo 2 de junio.
Entre las novedades que se incluyen en la campaña de la Renta 2020 se encuentran las ayudas que han percibido muchos autónomos para hacer frente a la crisis sanitaria. Hasta este momento, las implicaciones fiscales de estas ayudas no estaban del todo claras, puesto que no se especificaba si estaban sujetas a tributación.
Sin embargo, en la actualidad comienzan a darse algunas pinceladas de gran importancia para los contribuyentes: el cese de la actividad laboral tributará en el IRPF y en el bloque de rendimientos de trabajo. Por tanto, a partir de próximo 7 de abril, los autónomos estarán obligados a incluir en la declaración del IRPF las prestaciones percibidas por su aseguradora entre marzo y diciembre de 2020, computables como rendimientos de trabajo.
Ante esta inclusión de los ingresos de los autónomos dentro de los rendimientos de trabajo se espera que las mutuas que han abonado el importe de estas ayudas envíen a los autónomos un certificado de retenciones en el que consten las cantidades recibidas durante el ejercicio.
En el caso de los pagos exonerados de las cuotas de autónomos, no estarían obligados a presentar declaración, es decir, no se debe tributar por ese dinero ya que no se ha pagado pero tampoco se ha recibido. Por otra parte, y en el caso de que se hayan devuelto dichas cuotas, el autónomo si ha pagado su aportación mensual por lo que se le deduce el gasto de la cuota que abonó.
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