Bankia, condenada por canjear 1,2 millones de preferentes por acciones con «información inexacta»
Fue la propia entidad la que puso el precio de los títulos canjeables y el de la acción y esto perjudicó al inversor, según ha dicho la sentencia.
Bankia ha sido condenada a pagar 1,3 millones a una empresa a la que ofreció canjear sus participaciones preferentes y deuda subordinada de Bancaja por unas acciones de la entidad. Este canje, que se produjo en marzo de 2012, se basó en información «gravemente inexacta» de la situación contable, según ha considerado el Tribunal Supremo.
La sala de lo Civil estima el recurso de casación de la empresa demandante al apreciar que hubo un perjuicio probado ya que fue el propio banco el que fijó el precio de los títulos canjeables y el precio de la acción.
Según manifiesta el tribunal, la oferta de canje se basó en un folleto de recompra y suscripción en el que se ofrecía al inversor la información financiera consolidada de Bankia a diciembre de 2011, así como sus beneficios registrados.
Recuperan doctrina
Uno de los puntos clave es que los jueces recuperan su doctrina sobre la salida a Bolsa y dan por hecho que las cuentas que sirvieron de base al canje, las mismas que se emplearon para el salto al parqué de julio de 2011, eran «gravemente inexactas», algo que ya se ha dado por hecho en otros juicios como el juicio penal de Bankia.
La empresa que estaba dedicada a comprar terrenos en Mallorca, firmó con Bancaja diversos contratos de crédito hipotecario y personal para el desarrollo de sus proyectos inmobiliarios.
Fruto de esa relación, entre 2002 y 2008 suscribió 1,6 millones de euros en participaciones preferentes, deuda y obligaciones subordinadas de la entidad levantina.
En marzo de 2012, Bankia ofreció a la compañía el canje de estos productos por acciones, las cuales vendió en el mercado secundario un año más tarde por 115.225 euros.
Ahora el Supremo revoca la sentencia dictada en segunda instancia por la Audiencia Provincial, que aunque indicaba que «podía existir responsabilidad» del banco por las «inexactitudes» del folleto de la salida a Bolsa, no apreció la existencia de perjuicio alguno al no quedar probado que las preferentes «valieran más» que los títulos.
Para la sala de lo Civil, tal apreciación «no es correcta» ya que Bankia sí dotó de valor a las participaciones de Bancaja, ocasionando un daño patrimonial a la empresa, a la que ordena que se indemnice.
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