La ayuda que puedes pedir si tienes que pagar la hipoteca: debes cumplir este requisito
Puedes solicitar una ayuda para pagar tu hipoteca y sólo tienes que cumplir este requisito
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El aumento en el precio de las hipotecas está generando preocupación entre miles de españoles, ya que el precio de sus viviendas se ha incrementado considerablemente. En promedio, aquellos con hipotecas variables se enfrentan a un aumento mensual de alrededor de 250 euros, lo que representa un desembolso adicional de 3.000 euros anuales. Ante esta situación, el Gobierno ha creado el Código de Buenas Prácticas de los bancos como parte del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Hasta la fecha, más de 50 entidades financieras y de crédito se han adherido voluntariamente.
Código de Buenas Prácticas de los bancos
Las instituciones que se adhieren al Código de Buenas Prácticas tienen tres fases de actuación, adaptadas a las circunstancias de cada deudor. Para aquellos en situación de vulnerabilidad, la primera fase comprende desde un periodo de carencia en la amortización del capital hasta la extensión del plazo total de amortización (hasta 40 años). Además, se contempla una reducción del tipo de interés durante un lapso de cinco años.
En segundo lugar, si las medidas de reestructuración anteriores no son suficientes, las entidades financieras tienen la opción de ofrecer una reducción total sobre la deuda pendiente del deudor.
Por último, si ninguna de las medidas previas logra disminuir la carga financiera, los deudores tienen el derecho de solicitar la dación en pago como forma definitiva de liberación de la deuda, la cual las entidades están obligadas a aceptar. En este caso, las familias pueden permanecer en su vivienda por un plazo de dos años, abonando una renta que sea asumible para ellas.
Requisitos
El Gobierno identifica como personas vulnerables, según los criterios de exclusión, a aquellos que cumplen con los siguientes criterios: cuando los ingresos anuales de la unidad familiar no superan los 29.400 euros y el aumento de la carga hipotecaria excede el 20%, o cuando representa el 30% de los ingresos netos de la unidad familiar.
Otra alternativa es que los ingresos totales de la unidad familiar no excedan el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual, calculado en catorce pagas. En el año 2023, este indicador se sitúa en 8.400 euros anuales, lo que establece un límite máximo de ingresos de 25.200 euros al año. Además, se considera que la cuota mensual de la hipoteca debe haber subido al menos un 50% en los últimos cuatro años.
El Gobierno también establece las ayudas en función de las condiciones del préstamo hipotecario: el crédito debe estar vinculado a la vivienda principal del solicitante y no debe exceder los 300.000 euros en origen. Además, es requisito imprescindible que la entidad con la que se haya suscrito el crédito esté adherida al Código de Buenas Prácticas.
En el caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga una discapacidad superior al 33%, se amplían los requisitos de ingresos familiares hasta alcanzar los 33.600 euros anuales. Además, si el deudor hipotecario presenta condiciones específicas, como parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual superior al 33%, o una discapacidad física o sensorial mayor al 65%, el límite de ingresos se extiende a los 42.000 euros anuales. Sin embargo, en estos dos últimos casos, también se exige que la cuota hipotecaria represente más del 40% de los ingresos netos de la unidad familiar.
Documentación
Durante la solicitud de estas ayudas, es esencial contar con varios documentos que respalden el cumplimiento de los requisitos:
- Certificados de rentas de los miembros de tu unidad familiar del último ejercicio, que debes solicitar a la Seguridad Social.
- Una copia de las tres últimas nóminas cobradas por los miembros de tu unidad familiar.
- Certificado de cualquier ayuda, prestación o renta de inserción que perciba cualquier miembro de la unidad familiar.
- Libro de familia o un documento que acredite la inscripción como pareja de hecho.
- Certificado de empadronamiento de las personas empadronadas en tu vivienda.
- Declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente de los miembros de tu unidad familiar que estén en esa situación.
- Certificados de titularidades de cada miembro de tu unidad familiar, expedidos por el Registro de la Propiedad.
- Copia de la escritura de compraventa de la vivienda y de la hipoteca.
- Declaración responsable en la que tú y los cotitulares confirméis que cumplís todos los requisitos para acogeros al Código de Buenas Prácticas.
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