Aviso importante para los mutualistas: lo que tienes que hacer si Hacienda no te ha pagado
Toma nota de lo que puedes hacer si Hacienda no te ha pagado siendo mutualista
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En caso de que Hacienda no te haya pagado siendo mutualista, debes tener en cuenta una serie de detalles que van de la mano y que quizás hasta ahora no habías tenido en cuenta. Habrá llegado ese temido mes de septiembre en el que las cuentas se multiplican y debemos estar muy pendientes de unos pagos que pueden ser enormes. La vuelta de vacaciones siempre cuesta y en este caso, debemos empezar a prepararnos para dar un paso más con la ayuda de esta devolución de Hacienda.
Los mutualistas pueden ajustar cuentas, después de haber pagado una cantidad de más, es el momento recibir esa devolución que quizás se retrase un poco más. La Agencia Tributaria debe estar pendiente de una serie de detalles que son los que marcan estas devoluciones. Por nuestra parte, debemos ser conscientes de que comprobar el estado de la solicitud es clave. De forma casi inmediata conseguiremos aquello que necesitamos, un pago que puede ser el que marque la diferencia en unos días en los que todo es posible. Una opción de lo más recomendable es estar al día de unos pasos que son claves.
Los mutualistas reciben un aviso importante
El hecho de ser mutualistas ha hecho que muchas personas reciban una buena cantidad de dinero por algo que pagaron en el pasado. No en su totalidad ya que algunos años han prescrito, pero sí en parte y además a un colectivo que ese dinero le es indispensable, los jubilados.
Tendrán esa cantidad de dinero entre manos y se convertirán en los afortunados que podrán cobrar unos euros que son esenciales. Especialmente en estos días en los que parecerá que cada euro cuenta, la mínima pensión de los que han trabajado toda una vida se verá incrementada de forma gradual.
Dependerá en gran medida de lo que habrán pagado y lo harán de tal forma que quizás nos acabe descubriendo una situación que puede acabar siendo la que marque una diferencia importante. En esta renta muchas cosas se han puesto sobre la mesa y han acabado generando una serie de detalles que son los que marcarán una diferencia importante.
Sin duda alguna, estaremos ante una cantidad de dinero que se espera con ganas y que puede ser que se retrase más de lo que nos imaginamos. Esto es lo que dice Hacienda que debes hacer si eres mutualista.
Lo que tienes que hacer si no te ha pagado
La web de Hacienda te permite realizar consultas a un apartado que se llama ‘Consulta de formularios presentados’. Allí podrás conocer en primera persona el estado de una solicitud que quizás acabe, sorprendiéndote por las respuestas que acabas obteniendo en un abrir y cerrar de ojos.
Teniendo en cuenta que hay algunas pensiones que no podrán cobrar este elemento. Siguiendo con la explicación de la web de la Agencia Tributaria, serán aquellas que:
- satisfechas por Clases Pasivas a los funcionarios públicos cuando estos sólo han estado incluidos durante toda su vida laboral en el régimen de Clases Pasivas, al no tratarse de una mutualidad.
- obtenidas por aportaciones a mutualidades laborales de autónomos puesto que ya fueron deducibles en su momento las aportaciones. De esta forma, no se produce una doble imposición en la pensión ahora obtenida.
- de viudedad, al no estar incluidas en la DT 2ª, por no derivar de aportaciones del perceptor de esta pensión.
- no contributivas, al no estar incluidas en la DT 2ª, por no provenir de aportaciones previas.
Recuerda que si te falta cualquier documento: «La AEAT está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social, y otros organismos, al objeto de recabar la información necesaria para tramitar las solicitudes de devolución para mutualistas a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos. No obstante, una vez presentada la solicitud, la AEAT sí que podrá requerir documentación al solicitante en el caso de que la AEAT no disponga de toda la información necesaria para tramitar la solicitud».
Al presentar este formulario Hacienda ya nos dice qué es lo que pasará con él en su web.
- Resulta una cantidad a devolver: se producirá el abono de dicho importe en la cuenta bancaria indicada.
- No resulta cantidad a devolver: el solicitante recibirá una comunicación indicando esta circunstancia y el motivo. Si al solicitante no se le han aplicado retenciones, o bien ya se le han devuelto cuando presentó la declaración, en términos generales no habrá ya tributación que reducir por aplicación de la DT 2ª.
- No es posible calcular la reducción a aplicar con la información disponible: la AEAT le solicitará información adicional para realizar dicho cálculo.
Teniendo en cuenta estos detalles puedes consultar el estado de tu solicitud hoy mismo para ver cómo va el trámite.
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