Autónomo societario: ¿Qué es y cómo darte de alta?
Un autónomo societario es alguien que decide constituir una sociedad y en función de la participación y cargo que tiene en la entidad debe de darse de alta en la seguridad social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) -donde se encuadran todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos-.
Existen más de tres millones de trabajadores autónomos que desarrollan su actividad profesional en nuestro país. Por definición, un autónomo es aquel profesional mayor de 18 años que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin estar sujeto a un contrato de trabajo. Pero, ¿Qué más implicaciones tiene ser autónomo?
Para ser un trabajador por cuenta propia en nuestro país es obligatorio darse de alta en la Agencia Tributaria y posteriormente en el Instituto de la Seguridad Social. A pesar de que en algunas ocasiones ambas instituciones puedan estar relacionadas entre sí, la realidad es que cada organismo es diferente y por consecuencia llevan a cabo gestiones particulares a cada una de ellas.
Y tal vez te preguntes ¿por qué muchos emprendedores o empresarios deciden constituir una sociedad? Pues el principal motivo es para limitar su responsabilidad. En el caso de las sociedades la responsabilidad de los socios -en situaciones normales- está limitada a su participación en el capital social. En cambio, en el autónomo por cuenta propia su responsabilidad se extendería a todos sus bienes privados.
Hay dos tipos y dependiendo de sus características. Por un lado, los socios administradores que son autónomos societarios que poseen al menos un 25% de las participaciones de la sociedad y ejercen labores de dirección o gerencia en la sociedad. Por otro lado los socios sin labores directivas que poseen menos del 33% del capital social de la empresa, y estos pueden estar dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Requisitos para ser autónomo societario
Los requisitos para ser autónomo societario son: tener el 25% de las participaciones de la sociedad como mínimo y desempeñar labores de dirección, administración o gerencia, tener al menos el 33% del capital de la sociedad y trabajar en ella, tener al menos el 50% del capital de la sociedad en la que trabaje esté distribuido entre socios, con los que conviva, y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco, hasta el segundo grado.
¿Cómo darse de alta como autónomo societario?
Para darte de alta cómo autónomo societario será necesario presentar en la Tesoreria General de la Seguridad Social:
- La declaración censal (modelo 036) con la actividad económica que se va a ejercer en la Agencia Tributaria.
- El modelo TA 0521.
- La escritura de la constitución de la sociedad (original y copia).
- Una copia del NIF del solicitante.
- Pero no te preocupes, pues esto normalmente lo hacemos la asesoria por ti.
La nómina de los autónomos societarios
Pues bien, es importante recordar que con la reforma de la Ley del IRPF (Artículo 27.1) en 2.015 y según consultas de la Dirección General de Tributos (V1147-15 y V1148-15) puede cobrar nómina o tiene que emitir facturas a la sociedad.
El autónomo societario puede cobrar de dos formas: facturando a la entidad y con una nómina de la entidad. En el supuesto de que el socio profesional trabaje realizando una actividad económica para su sociedad, que preste servicios profesionales, éste deberá de facturarle a su entidad. La duda surge a la hora de saber si esta deberá de llevar IVA o no.
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