La Audiencia Nacional admite a trámite un recurso contra la resolución de Banco Popular
La Audiencia Nacional ha admitido a trámite un recurso interpuesto por un grupo de accionistas de Banco Popular que se opone a la resolución tomada por el Frob sobre la entidad, que derivó en la absorción de la misma por Banco Santander.
El pasado 25 de julio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo admitió a trámite dicho recurso, interpuesto por un conjunto de accionistas que suma el 2% del capital y representado por Ontier. Entre los demandantes se encuentra un familiar directo español del accionista mexicano Antonio del Valle.
El recurso, según informa Expansión, incorpora la petición de dos medidas cautelares, la «suspensión» del proceso de integración y la «anotación» de la operación en el Registro Mercantil.
La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha decidido abrir una pieza separada en relación con dichas medidas cautelares, y se lo ha comunicado tanto al Frob como al abogado del Estado (su representante procesal), que disponen de un plazo de diez días para exponer lo que estimen procedente sobre la medida cautelar.
El pasado 17 de julio, la Audiencia Nacional ya admitió a trámite el recurso contencioso administrativo que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) presentó contra la resolución del Frob por la que se ejecutó la resolución de Banco Popular y por la que la entidad fue vendida a Banco Santander.
Rechaza la suspensión inmediata
La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por cerca de un centenar de antiguos clientes del Banco Popular que solicitaban que de forma urgente se suspendiera la decisión del Fondo de Reestructuración Ordinaria Bancaria (Frob) de ejecutar la resolución de la entidad y adjudicársela posteriormente a Banco Santander.
Según han informado fuentes jurídicas, esta semana se había presentado un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en representación de casi un centenar de personas físicas y jurídicas pidiendo la imposición de medidas cautelarísimas. Esta solicitud ha de ser resuelta en un plazo máximo de 48 horas.
Así pues, los magistrados de la Audiencia Nacional constituidos en Sala de Vacaciones han rechazado tomar las medidas cautelarísimas, ya que no aprecian las razones de urgencia manifestadas en el recurso, por lo que la decisión del Frob sobre el Banco Popular continúa en vigor.
Al ser rechazadas las medidas cautelarísimas, éstas pasan a ser cautelares ordinarias, por lo que el recurso se volverá a estudiar, pero ya no de forma urgente. Así, los jueces han abierto una pieza separada para tramitar los recursos que piden tomar medidas y en septiembre se volverá a plantear; los magistrados tendrán diez días para resolver.
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